Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la relación que a continuación se inserta, han resultado ser desconocidos en los domicilios que figuran en los registros de la Administración tributaria, se les hace saber que:
De acuerdo con las atribuciones que le confiere el apartado séptimo de la Resolución de 26 de abril de 1995 de la A.E.A.T. (BOE del 28 de abril), por la que se estructuran los órganos de recaudación y les son atribuidas competencias, el delegado especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Galicia, con fecha 11 de marzo de 1997, ha resuelto:
Primero.-Encomendar a la dependencia regional de recaudación de esta delegación especial la gestión recaudatoria de las deudas correspondientes a las siguientes personas jurídicas:
-Construcciones Oitaven, S.L. (NIF: B36653970). c/ Llorente, 28-bajo, Vigo (Pontevedra).
-Construxavic, S.L. (NIF: B36753721). c/ Velázquez Moreno, 9-Esc. 5, Of. 3A, Vigo (Pontevedra).
-Río Deva Construcciones, S.L. (NIF: B36689271). c/ Tomás Alonso, 68-bajo, Vigo (Pontevedra).
-Río Mouro, S.L. (NIF: B36710838). c/ Quijote, 1, Vigo (Pontevedra).
Segundo.-A partir de la recepción de la presente comunicación, las funciones conducentes a la realización de los créditos y derechos anteriores dejarán de ser ejercidos por los órganos de la Dependencia de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Vigo, asumiendo directamente esas funciones la citada Dependencia Regional de Recaudación.
A Coruña, 11 de marzo de 1997.
Francisco García Magariños
Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación
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