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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Lunes, 26 de mayo de 1997 Pág. 4.915

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

CÉDULA de 29 de abril de 1997, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador I.I.2/1996 por infracciones en materia sanitaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que se menciona en el anexo, con los datos y última dirección conocida, la resolución del expediente sancionador I.I. 2/1996 por infracciones en materia sanitaria, iniciado en la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de Pontevedra.

Se le hace saber que, de acuerdo con el título VII, capítulo II, sección 2ª, artículos 114 a 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dispone del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación, para presentar recurso ordinario ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales.

En caso de conformidad con esta resolución, deberá hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones del Servicio Gallego de Salud número 001-014117-2 del Banco Bilbao-Vizcaya, sucursal de Santiago de Compostela.

Para que conste y sirva de notificación al interesado expido, firmo y sello la presente cédula en Santiago de Compostela a 29 de abril de 1997.

Juan Jesús Gestal Otero

Director general de Salud Pública

ANEXO

Expediente: I.I. 2/1996.

Denunciado: Panadería Pastelería Luis. Mª Elena Álvarez Anlla.

Última dirección conocida: calle Senén-Canido nº 5, Ponteareas. Pontevedra.

Hecho denunciado: infracción en materia sanitaria.

Precepto infringido: letra a del artículo 3º del R.D. 2505/1983-Artículo 35 A 3º de la L. 14/1986 (General de Sanidad).-Apartado 5.1 del artículo 5 del R.D. 1945/1983.

Precepto sancionador: Ley 14/1986 (Gral. de Sanidad).-R.D. 1945/1983 (infracciones y sanciones).

Sanción propuesta: 350.000 ptas.

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