En virtud de lo acordado por providencia de esta fecha, recaída en los autos de juicio declarativo de menor cuantía, se notifica al demandado Arturo Fraga Ferreira la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:
«Sentencia. En la ciudad de Ordes a treinta de enero de mil novecientos noventa y siete. Cristina María Paz Eiroa, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de esta ciudad ha visto los presentes autos de juicio declarativo de menor cuantía, promovidos por José Ferreira Pombo repre
sentado por el procurador Regueiro Muñoz y dirigido por el letrado Santiago Nogueira, contra Arturo Fraga Ferreira y otro, declarado en rebeldía.
Siguen antecedentes de hechos y fundamentos jurídicos. Fallo:
Estimando la demanda formulada por José Ferreira Pombo contra Antonio, Arturo y Jesús Fraga Ferreira, declara que las fincas descritas en el hecho séptimo de la demanda pertenecen a la comunidad hereditaria de Vicente Ferreira Castro, y condeno a los demandados a que las restituyan al actor y al pago de las costas del procedimiento.
Contra esta sentencia podrá interponerse en este juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y expido el presente edicto para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada declarada en rebeldía y en ignorado paradero.
Dado en Ordes a veintiuno de marzo de mil novecientos noventa y siete.
El secretario
Rubricado
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