Yo, Óscar Méndez Fernández, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Corcubión, doy fe de que en el juicio de faltas a que se hará mención se dictó la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen así:
«Sentencia. En Corcubión a veintiuno de febrero de mil novecientos noventa y siete. Vistos por María Xulema Gento Castro, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Corcubión, los autos de juicio de faltas 192/1996, sobre lesiones, en el que fueron partes, además del Ministerio Fiscal, como denunciante, Xulio Álvarez Rodríguez, y como denunciado, Gabriel Ferreiro Lema.
Decido que debo absolver y absuelvo libremente a Gabriel Ferreiro Lama, con toda clase de pronun
ciamientos favorables, declarando de oficio las costas procesales que se pudiesen causar.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y demás partes, con la advertencia de que no es firme y sí recurrible en apelación por el plazo de cinco días ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, para que sirva de notificación a Xulio Álvarez Rodríguez, expido y firmo la presente cédula en Corcubión a veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y siete.
Óscar Méndez Fernández
Secretario
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