De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre, se notifica a la persona que a continuación se relaciona, el acuerdo de inicio de expediente sancionador contra ella instruido por la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña, por incumplimiento del R.d. 1945/1983, de 22 de junio, en el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor.
A partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.2 del R.d. 1398/1993, de 4 de agosto (reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora), dispone del plazo de 10 días para presentar alegaciones; en caso de no presentarlas y en base al artículo 13.2 del mencionado R.d. 1398/1993, el inicio podrá considerarse propuesta de resolución.
Expediente: Secretaría 141/1996.
Denunciado: Antonio García Fraga.
Razón social: Cafetería Torre Esmeralda.
Última dirección conocida: Cuesta de A Palloza, 3, A Coruña.
Calificación de la infracción: leve.
Importe de la sanción: podrá llegar hasta la cuantía de 500.000 pesetas.
A Coruña, 26 de marzo de 1997.
Diego Bernal Llorente
Delegado provincial de A Coruña
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