Yo, María Begoña Arroyo Martín, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, doy fe y testimonio de que en los autos de juicio ejecutivo de que se hará mérito obra la sentencia que contiene el encabezamiento y fallo siguientes:
«Sentencia. En Santiago de Compostela a veinticuatro de febrero de mil novecientos noventa y siete. José Gómez Rey, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de esta ciudad y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ejecutivo número 501/1996, seguidos ante este juzgado, entre partes, de una como demandante Banco de Galicia, con el procurador Caamaño Queijo, y de otra como demandados Farelo Ingeniería, S.L. y Eduardo del Río Arias.
Fallo que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a los demandados Farelo Ingeniería, S.L. y Eduardo del Río Arias, y con su producto entero y cumplido pago a la parte actora de la cantidad de 612.854 ptas. de principal y otras 250.000 ptas. calculadas para intereses y costas.
Y dada la rebeldía de los demandados, notifíqueselles en la forma prevenida en la ley, si no se pidiere dentro de los tres días siguientes a la notificación personal.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este juzgado en término de cinco días a contar desde su notificación para ente la Audiencia Provincial de A Coruña».
Y para que sirva de notificación a los demandados, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a seis de marzo de mil novecientos noventa y siete.
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