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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Lunes, 05 de mayo de 1997 Pág. 4.189

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 10 de marzo de 1997 por la que se regula la oferta de plazas juveniles dentro de los intercambios bilaterales del programa Campaña Verano-97 de ámbito nacional.

La Consellería de Familia, Mujer y Juventud, a través de la Dirección General de Juventud, lleva a cabo el programa de fomento de la actividad juvenil, figurando entre sus objetivos la promoción y organización de actividades de animación sociocultural destinadas a la juventud en el ámbito del ocio y el tempo libre.

Asumidas las competencias en este campo por el Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, y consciente

esta consellería de la importancia que tiene facilitar canales por los que la juventud pueda participar en este tipo de actividades, es por lo que este año, al igual que en años anteriores, se convoca la Campaña Verano-97.

La oferta de la Campaña de Verano-97 comprende, además de aquellas que se desarrollan en la Comunidad Autónoma gallega, actividades de ámbito nacional, teniendo lugar su celebración en otras comunidades autónomas de España.

La Dirección General de Juventud pretende de esta forma potenciar los intercambios de jóvenes a través de la realización de diversas actividades relacionadas con el ocio y el tiempo libre, todas ellas organizadas fuera de Galicia, con el fin de enriquecer la cultura de la juventud, fomentando la convivencia con jóvenes de otras comunidades autónomas.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1º

Con el objetivo de facilitar a los jóvenes la participación en actividades de tiempo libre organizadas fuera de Galicia, la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, a través de la Dirección General de Juventud, oferta un plan general de actividades que se detalla en el anexo I de la presente orden.

Las diferentes actividades que integran esta oferta general se desarrollarán en las comunidades autónomas de España en turnos de quince días durante los meses de julio y agosto.

En los servicios de juventud de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, en las oficinas y puntos de información juvenil de la Red Gallega de Información y Documentación Juvenil o en las oficinas TIVE-Galicia, los jóvenes pueden solicitar folletos informativos de la convocatoria de la presente campaña, donde se detalla una información amplia sobre la organización de cada actividad, lugar de celebración y características de cada una.

Artículo 2º

La Dirección General de Juventud organiza y coordina todas las actividades motivo de la presente convocatoria a través de la Oficina de Turismo e Intercambios de Jóvenes y Estudiantes de Galicia (TIVE-Galicia).

Artículo 3º.-Servicios ofertados.

La oferta de la Campaña Verano-97 supone la inscripción individual y le permite a la juventud disponer de los siguientes servicios:

1. Un programa de actividades de aire libre y naturaleza, rutas turístico-culturales, recreativas, talleres, etc., que posibiliten la participación de los jóvenes y la convivencia con jóvenes de otras comunidades autónomas.

2. Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.

3. Manutención en régimen de pensión completa.

4. El material necesario para la actividad.

5. Un equipo técnico de personal especializado en animación socio cultural y actividades de tiempo libre.

6. Seguro de accidentes.

Artículo 4º.-Participantes.

Pueden solicitar su participación en las actividades ofertadas en la presente convocatoria los jóvenes con edades comprendidas en el rango de edades que se especifica para cada actividad en el anexo I. A estos efectos, las edades mínimas se entenderán cumplidas durante el año 1997, excepto en aquellos casos en que la edad mínima son los 18 años, en que se entenderán cumplidos antes del comienzo de la actividad.

En relación al tope máximo de edad establecido para cada actividad, se tendrá, en su caso, a 1-7-1997 para aquellas que se desarrollen en julio y a 1-8-1997 para las que se desarrollen en agosto. No se admitirán aquellas solicitudes en las que el solicitante no cumpla los dichos requisitos de edad para la actividad solicitada.

Artículo 5º.-Solicitud.

1. Las solicitudes deberán formularse en el impreso que se indica en el anexo II de esta orden. Cada joven únicamente podrá cubrir una solicitud y un máximo de tres turnos o actividades por solicitud (cada turno o actividad va identificado con un código en el anexo I de esta orden).

2. Las solicitudes se dirigirán al director general de Juventud, y podrán presentarse en el registro general de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, en los registros de sus delegaciones provinciales, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3. Asímismo, se admitirán aquellas solicitudes que se reciban a través de los siguientes medios:

-A través de la red Internet en la página con dirección (u.r.l.) http://www. xunta.es/adm/campalbe.htm.

El interesado será responsable de la seguridad de los datos incluidos en la solicitud hasta que no se almacenen en la base de datos de la Xunta de Galicia.

-O bien por fax a los números indicados en el anexo IV de esta orden. En este caso, en la instancia se hará figurar necesariamente un número de teléfono al que poder llamar en el supuesto de que hubiera que subsanar cualquier error en la solicitud o en su recepción.

A partir del día 22 de mayo el interesado podrá comprobar la recepción de su solicitud en el teléfono xove (902) 15 25 35.

Artículo 6º.-Plazo.

El plazo de solicitud se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, y finalizará el día 19 de mayo de 1997.

Artículo 7º.-Adjudicación de plazas.

La adjudicación de plazas se realizará de la siguiente forma:

1. Por adjudicación directa, en el caso de que la demanda no supere la oferta de plazas.

2. Por sorteo, por medios informáticos, en el supuesto de que el número de solicitudes supere el número de plazas disponibles.

El sorteo se realizará el día 28 de maio de 1997 en las dependencias de la Secretaría General de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud en Santiago de Compostela.

El resultado del sorteo se hará público, confeccionando las correspondientes listas de admitidos para cada turno y actividad.

Dichas listas serán expuestas el día 30 de mayo en la Dirección General de Juventud, en el registro general de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, en los registros y servicios de Juventud de sus delegaciones provinciales, y en el Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de Santiago de Compostela.

Artículo 8º.-Documentación.

Los participantes seleccionados deberán presentar en la Dirección General de Juventud o en las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, en el plazo de diez días desde el día siguiente a la fecha de exposición de las listas, la siguiente documentación:

-Justificación de pago.

-Fotocopia del DNI o de la hoja correspondiente del libro de familia.

-Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad Social o seguro médico.

-Cuestionario médico-sanitario (anexo III).

-Certificado médico de no padecer ninguna enfermedad y ser apto para participar en la actividad.

En caso contrario decaerá la adjudicación realizada y pasará oferta pública, aplicándose el procedimiento dispuesto en el artículo 9º de esta orden.

Artículo 9º.-Adjudicación de las plazas de resultas.

1. Las vacantes que se produzcan, ya sean por renuncia del interesado o por no presentar la documentación referida en el artículo 8º de esta orden en plazo, se adjudicarán por adjudicación directa según se vayan solicitando.

A estos efectos, una vez terminado el plazo para la presentación de la documentación a que hace referencia el artículo 8º de esta orden, se abrirá un período de cuatro días durante el que podrán solicitar las plazas vacantes todos aquellos solicitantes a los que no se les adjudicó plaza en el sorteo.

Transcurrido dicho período, las plazas vacantes que se produzcan podrán ser solicitadas por cualquier persona interesada, siempre e cuando cumpla las limitaciones de edad a que hace mención el artículo 4º de esta orden.

2. Para solicitar las plazas de resultas, el interesado podrá efectuar la oportuna reserva de plaza, en el caso de que existan vacantes, personalmente o por teléfono a través de cualquier servicio de Juventud de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, de las oficinas TIVE-Galicia o de la Dirección General de Juventud.

Una misma persona no podrá reservar más de una plaza. La reserva de plazas se podrá efectuar en horario de 9 a 14 horas, en días laborables excepto sábados.

3. Una vez efectuada la reserva de plaza, el interesado dispondrá de un plazo de 48 horas para presentar el impreso que se indica en el anexo II de esta orden debidamente cubierto, y la documentación relacionada en el artículo 8º. Los solicitantes a los que no se les adjudicó plaza en el sorteo, no tendrán que presentar el anexo II. Esta documentación podrá

presentarla en cualquiera de las oficinas anteriormente relacionadas. En caso contrario, perderá el derecho a la plaza reservada.

4. En el anexo IV se indicará las direcciones, los teléfonos y fax de las oficinas administrativas a través de las que se podrá efectuar la oportuna reserva de plaza, a los efectos de lo dispuesto en este artículo.

Artigo 10º.-Precios.

Los precios de aplicación para cada actividad y turno aparecen detallados en el anexo I de esta orden.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de marzo de 1997.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia, Mujer y Juventud

ANEXO I

Comunidad

autónoma

Instalación juvenil

Modalidad

Edad

Fecha

Importe

plaza

Código

AsturiasAlbergue juvenil Arriondas y albergue juvenil Fonte del CaiSenderismo, piragüismo y actividad de playa15-1716 al 30 julio24.000500001

BalearesCampamento juvenil de Beniparratx (Menorca)Menorca: una isla diferente15-1717 al 31 julio35.000500002

Campamento juvenil «La Victoria» Alcudia (Mallorca)Aventura: mar y montaña15-171 al 15 julio35.000500003

CanariasResidencia juvenil Sta. María de GuíaEncuentro turístico-cultural14-1716 al 30 de julio46.000500004

CantabriaCampamento juvenil «Loredo»Recreativo13-151 al 15 julio22.000500005

Castilla y LeónAlbergue juvenil «Navarredonda de Gredos»Multiaventura15-171 al 15 julio24.000500006

Albergue juvenil «Soncillo»Multiaventura15-1716 al 30 julio24.000500007

Campamento juvenil «Covaleda»Senderismo-aire libre12-1416 al 30 julio22.000500008

Residencias juveniles «Consejo de Europa», «Gil de Siloé» y «Doña Urraca»Ruta Interautomónima III (LE-BU-ZA)15-171 al 15 agosto22.000500009

ExtremaduraAlbergue juvenil «Castillo de Luna»Teatro15-1716 al 30 julio24.000500011

MurciaAlbergue juvenil «Sierra del Oro»Medio ambiente14-1717 al 31 julio24.000500012

Albergue juvenil «Calarreona»Medio ambiente14-172 al 16 agosto24.000500013

NavarraAlbergue de Santesteban y LekározItinerante-Val de Baztán y Val de Bidasoa

15-1717 al 31 julio22.000500014

1 al 15 agosto22.000500015

Albergue juvenill de ZudaireSenderismo-espeleología15-171 al 15 agosto22.000500016

La RiojaCampamento juvenil «Molino Viejo»Aula de naturaleza11-131 al 15 julio22.000500017

Albergue juvenil «Hospital San José»Montaña y escalada15-171 al 15 julio24.000500018

País VascoAlbergue de Zarautz «Monte Albertia» y Albergue BarriaActividades acuáticas, senderismo14-172 al 16 agosto24.000500019

ValenciaAlbergue juvenil «Biar» y Albergue juvenil «La Marina»Tiempo libre y naturaleza15-1716 al 30 julio24.000500020

Albergue juvenil de «Morella» y Albergue juvenil «Argentina»Medio ambiente15-172 al 16 agosto24.000500021

ANEXO IV

-Dirección General de Juventud:

Dirección: edificio administrativo San Caetano, s/n, bloque 3-1º, 15771 Santiago de Compostela.

Teléfono: 54 48 67. Fax: 54 58 43.

-Delegación Provincial de A Coruña de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud:

Dirección: Avda. del Ejército, 2-1º, 15006 A Coruña.

Teléfono: 22 65 50/22 19 54. Fax: 18 57 02.

Servicio de Juventud de A Coruña:

Dirección: c/ Durán Loriga, 9, 15003 A Coruña.

Teléfono: 22 65 50/22 19 54. Fax: 22 13 36.

-Delegación Provincial de Lugo de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud-Servicio de Juventud:

Dirección: Ronda de Fingoi, s/n, 27002 Lugo.

Teléfono: 29 43 52/29 43 51. Fax: 29 43 59.

-Delegación Provincial de Ourense de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud:

Dirección: c/ Camiño Vello, Prado Lonia, s/n, 32004 Ourense.

Teléfono: 38 61 20/38 61 14. Fax: 38 60 87.

Servicio de Juventud de Ourense:

Dirección: Avd. Habana, 81-bajo, 32004 Ourense.

Teléfono: 38 61 20/38 61 14. Fax: 38 61 19.

-Delegación Provincial de Pontevedra de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud-Servicio de Juventud:

Dirección: c/ María Berdiales, 20, 36203 Vigo.

Teléfono: 81 70 78/81 70 80. Fax: 81 70 43.

-Oficina TIVE de A Coruña:

Dirección: c/ Durán Loriga, 9-1º, 15003 A Coruña.

Teléfono: 22 65 50/57 24 16.

-Oficina TIVE de Santiago de Compostela:

Dirección: Plaza do Matadoiro, s/n, 15703 Santiago de Compostela.

Teléfono: 58 39 00/57 24 26.

-Oficina TIVE de Ferrol.

Dirección: c/ Madanela, 123-1º, 15402 Ferrol.

Teléfono: 35 03 00.

-Oficina TIVE de Lugo:

Dirección: Ronda da Muralla, 134-3º, 27002 Lugo.

Teléfono: 29 43 38.

-Oficina TIVE de Ourense:

Dirección: Avda. Habana, 81-bajo, 32004 Ourense.

Teléfono: 38 61 18.

-Oficina TIVE de Pontevedra:

Dirección: c/ Benito Corbal, 47-2º, 36001 Pontevedra.

Teléfono: 80 55 32.

-Oficina TIVE de Vigo:

Dirección: c/ María Berdiales, 20-entreplanta, 36203 Vigo.

Teléfono: 81 70 79/81 70 80.

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