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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Viernes, 25 de abril de 1997 Pág. 3.886

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

VALEDOR DEL PUEBLO

RESOLUCIÓN de 17 de abril de 1997 por la que se pone término a la convocatoria pública abierta para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo vacante de jefe de servicio en el Valedor del Pueblo, anunciado por la Resolución de 20 de enero de 1997.

Convocada la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en esta institución, por Resolución de 20 de enero de 1997 (Diario Oficial de Galicia nº 22, del 3 de febrero), de conformidad con lo dispuesto en las bases 6ª y 7ª de la misma, y en ejercicio de las atribuciones contenidas en los artículos 27.2º de la Ley 4/1988 de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, y el 10.2º de la Ley 6/1984, de 5 de junio, modificada por la Ley 3/1994, de 18 de julio, el valedor del pueblo.

RESUELVE:

Primero.-Poner término a la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo vacante de jefe de servicio en el Valedor del Pueblo, anunciada por Resolución de 20 de enero de 1997 (DOG nº 22, del 3 de febrero de 1997).

Segundo.-Adjudicarle destino en el puesto de trabajo de jefe de servicio al funcionario Jacobo Varela Suanzes-Carpegna, del cuerpo superior de la Administración de la Xunta, grupo A, con el registro de personal nº 33853541 13A2060, a la vista de la documentación aportada y una vez que ya fué recibido el informe previsto en la base 5ª de la convocatoria.

Tercero.-El cese en el destino actual del funcionario, al que se le adjudica el puesto, se producirá dentro de los tres días siguientes al de la publicación de ésta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

El plazo para la toma de posesión de su puesto en el Valedor del Pueblo será de tres días a partir del siguiente al del cese, de conformidad con lo dispuesto en la base séptima de la convocatoria.

Cuarto.-El funcionario seleccionado, procedente de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en la base octava de la convocatoria, tendrá derecho a ser declarado en la situación administrativa prevista en el artículo 10.3º de la Ley del Valedor del Pueblo, en relación con el artículo 52.14º de la Ley de la función pública de Galicia.

Quinto.-Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo previsto en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, del 27 de diciembre de 1956, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, después de comunicarlo a esta institución, según lo previsto en el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 17 de abril de 1997.

José Cora Rodríguez

Valedor del Pueblo

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