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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Lunes, 21 de abril de 1997 Pág. 3.684

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DECRETO 74/1997, de 10 de abril, por el que se crea en la Subdirección General de Inspección Sanitaria de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales el Servicio Jurídico de Inspección Sanitaria.

La actual estructura de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales se establece en el Decreto 63/1996, del 15 de febrero (DOG nº 41, 27 de febrero de 1996). Según su artículo 4.3, para el ejercicio de sus competencias, la secretaría general cuenta con la vicesecretaría general, la Subdirección General de Régimen Administrativo, la Inspección Sanitaria, la Subdirección General de Atención Sociosanitaria e, integrada orgánicamente en ella, la Asesoría Jurídica y la Intervención Delegada.

El artículo 7 de este decreto configura a la Inspección Sanitaria como una unidad, con rango de subdirección general, a la que le corresponde el ejercicio de las actuaciones relativas a la inspección de todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios civiles públicos y privados que desempeñen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma, así como, en este contexto, la convalidación de sus actividades, con especial atención las prestaciones del sistema sanitario público.

El Decreto 126/1992, de 14 de mayo, sobre adecuación de funciones de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Galicia determina los niveles en los que se estructura la Inspección de Servicios Sanitarios y concreta las distintas funciones de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La diversidad de funciones desempeñadas por la Inspección Sanitaria, y la necesidad de resolver con la debida premura las diferentes actividades y tareas que tiene encomendadas hacen aconsejable la creación de un servicio jurídico dependiente de esta subdirección general, al que correspondería al apoyo y asistencia a la Inspección Sanitaria en cuestiones legales de la gestión, coordinación y seguimiento de las actuaciones jurídico-administrativas en la inspección.

Por tanto, en virtud de lo dispuesto en la Ley 1/1983, del 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 22 de octubre, por propuesta del conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales y con los informes previos de las Consellerías de la Presidencia y Administración Pública y de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diez de abril de mil novecientos noventa y siete,

RESUELVO:

Artículo único.

Primero.-Se crea en la Inspección Sanitaria, dependiente de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, el Servicio Jurídico de Inspección Sanitaria adscrito á dicha subdirección general.

Segundo.-Las funciones a desarrollar por este Servicio Jurídico son las siguientes:

-La gestión, coordinación y seguimiento de las actuaciones jurídico-administrativas en la Inspección, así como de aquellos otros asuntos generales que le sean encomendados por su titular y la elaboración de informes o dictámenes y convenios relacionados con dichas funciones.

-La coordinación de la tramitación de procedimientos disciplinarios al personal facultativo y procedimientos sancionadores a establecimientos farmacéuticos, así como elaboración de informes y propuestas de resolución en relación con ellos.

-Informes y propuestas de sanciones relativos a medidas cautelares derivadas de las infracciones a la normativa vigente en materia de autorización de apertura y puesta en funcionamiento de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

-Apoyo y asistencia a la Inspección Sanitaria en materia de estudios, dictámenes, elaboración de proyectos e informes sobre textos legales.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este decreto.

Segunda.-Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, diez de abril de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales

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