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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Jueves, 17 de abril de 1997 Pág. 3.634

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE PADRÓN

EDICTO de subasta (318/1994).

En virtud de lo acordado por María Evelia Marcos Arroyo, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Padrón, en resolución de esta fecha dictada en el Or. Suma. Hip. Art. 131 Ley hipotecaria nº 00318/1994, seguido en este juzgado a instancia de Caja de Ahorros Provincial de Pontevedra representada por el procurador Ricardo García-Piccoli Atanes, contra Servicio y Gestión del Norte, S.A. (Se

genor, S.A.), en reclamación de un préstamo con garantía hipotecaria, se saca a pública subasta, por primera vez, la siguiente finca:

Número uno.-Nave industrial, de la superficie de 630 m. Linda: frente, carretera a Os Ánxeles; fondo y derecha entrando, resto de finca sin construir; e izquierda, nave número dos y resto de finca sin construir.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Padrón, en virtud de la división horizontal y distribución de la responsabilidad hipotecaria en el tomo 564, del libro 130 de Padrón, folio 125, predio nº 17.804.

Tipo de la subasta: 28.317.600 ptas.

El remate tendrá lugar en la sala de audiencia de este juzgado, sito en c/ Tetuán, s/n de esta ciudad, el día 3 de junio, a las 10.30 horas, previniéndose a los licitadores:

Primero.-El tipo de la subasta es el de 28.317.600 ptas., fijado en la escritura de préstamo, no admitiéndose posturas que no cubran dicha cantidad.

Segundo.-Para tomar parte en la subasta deberán los licitadores consignar en la cuenta de este juzgado nº 1575 18 318/94 del Banco Bilbao Vizcaya, el 20% de dicha cantidad, sin cuyo requisito no serán admitidos.

Tercero.-Podrán hacerse el remate a calidad de cederlo a un tercero.

Cuarto.-En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, haciendo el depósito a que se ha

hecho referencia anteriormente.

Quinto.-Que los autos y las certificaciones a que se refiere la regla 4ª del Art. 131 de la Ley hipotecaria estarán de manifiesto en la secretaría de este juzgado, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Sexto.-Que las cargas y demás gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

De no haber postores en la primera subasta, se señala para la segunda el día 3 de julio, a las 10.30 horas, para la que servirá de tipo el 75% de la valoración; celebrándose tercera subasta, en su caso, el día 9 de septiembre, a las 10.30 horas, sin sujeción a tipo.

Dado en Padrón a dos de abril de mil novecientos noventa y siete.

La jueza

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