Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Martes, 15 de abril de 1997 Pág. 3.549

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (38/1996-3).

Yo, María Manuela García-Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, doy fe que en el juicio verbal civil que se sigue en este juzgado con el número 38/1996-3, se dictó la sentencia, cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a 5 de noviembre de 1996, Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de los de esta ciudad, ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil de verbal seguido en este juzgado con el número 38/1996-3, en el que han actuado como demandante Frasna, S.A., con domicilio en Santiago de Compostela, representado por el procurador de los tribunales Ricardo García-Piccoli Atanes y asistido por la letrada Esther Magallanes, y como demandado, José Luis García Arias, mayor de edad y vecino de Lugo, no comparecido en las actuaciones y la aseguradora Vinterthur, con domicilio en A Coruña, representada por la procuradora Soledad Sánchez Silva y defendida por el lletrado Roberto Botana Castro, en reclamación de cantidad por hecho de la circulación.

Fallo que debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a que abonen a la demandante la suma de 120.280 ptas., más lo intereses anuales a cargo de la aseguradora del 20% de tal suma desde la fecha del accidente hasta el 10-11-1995 y los previstos en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, a partir de esta fecha y hasta el completo pago, sin hacerse imposición de las costas. Contra esta resoluicón podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en este juzgado por el plazo de cinco días desde la notificación. Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo. Firmado. Rubricado».

Y para que conste y sirva de notificación al demandado rebelde, José Luis García Arias, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a veinticuatro de febrero de mil novecientos noventa y siete.

La secretaria

Rubricado

2127