Advertidos errores en dicha resolución, publicada en el DOG número 51 del viernes 14 de marzo de 1997, es necesario hacer las oportunas correcciones:
-En la página 2.342, en lo que se refiere al ayuntamiento de Carnota, columna de la izquierda, inmediatamente después de: «Méritos específicos», debe insertarse: «El conocimiento de la lengua gallega se requiere en grado de perfeccionamiento».
-En la página 2.347, ayuntamiento de Ribadumia, columna de la izquierda: «Forma de acreditar los méritos específicos», punto 1; «... del organismo en que prestaron tales servicios», debe decir: «... del organismo en que prestó tales servicios».
-En la misma página, ayuntamiento de Carnota, columna de la izquierda, en los vocales del tribunal,
inmediatamente después de José Martínez Dovale, secretario del ayuntamiento de Santa Comba, y antes de Ramón del Valle..., debe insertarse: «Ana Echeandía Mota, secretaria general del ayuntamiento de Noia».
-En la misma página, columna de la derecha, mismo ayuntamiento, antes de vocales suplentes debe insertarse: «Secretaria: Ana Echeandía Mota, o funcionario de habilitación nacional en quien delegue».
-En la página 2.350, ayuntamiento de Oroso, en los vocales del tribunal, donde dice: «...Pilar Pastor Novo, secretaria del ayuntamiento de Zas...», debe decir: «... Pilar Pastor Novo, secretaria del ayuntamiento de Paradela...».
-En la misma página, ayuntamiento de Oroso, donde dice: «... Mª Luisa López López, funcionaria de Administración local con habilitación de carácter nacional», debe decir: «... Mª Luisa López López, funcionaria de administración local con habilitación de carácter nacional; como suplente: Yolanda Otero Escudeiro, jefa de sección de personal funcionario en la Dirección General de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública en Santiago de Compostela».
2663