Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Jueves, 03 de abril de 1997 Pág. 3.075

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 22 de enero de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se autorizan las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Santa Mariña, en el río As Balsadas, término municipal de Ourol, provincia de Lugo, se aprueba el proyecto de ejecución y se reconoce como instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica. (Expediente CH-LU 3/1997).

Visto el escrito presentado por Francisco López-Santos, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Agastía, nº 80, 28043-Madrid, en el que se solicita autorización administrativa, aprobación del proyecto de las nuevas instalaciones electromecánicas y reconocimiento de instalación acogida al régimen especial de producción eléctrica (REPE) de la central hidroeléctrica de Santa Mariña, situada en el río As Balsadas, ayuntamiento de Ourol, provincia de Lugo, se tienen en cuenta los siguientes

HECHOS:

Primero: el 14 de octubre de 1987 Auxime S.A. presentó solicitud de concesión de 1.250 litros/s de agua del río As Balsadas, con destino a la producción de energía eléctrica, en el término municipal de Ourol, provincia de Lugo, acompañando la documentación exigida en el Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, por el que se establece el procedimiento abreviado de tramitación de concesiones y autorizaciones administrativas para la instalación, ampliación o adaptación de aprovechamientos hidroeléctricos cuya potencia nominal no exceda de 5.000 kVA, modificado por el Real decreto 249/1988, de 18 de marzo.

Segundo: la solicitud de autorización administrativa de la central se sometió a trámite de información pública, a los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, siguiendo el procedimiento establecido en el Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, ya citado.

Tercero: el 22 de agosto de 1989 la Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas resolvió otorgar concesión de aprovechamiento en el río As Balsadas, para un caudal máximo de 1.250 litros/s y un salto bruto de 157,5 metros.

Cuarto: el 17 de enero de 1996, la Comisión Gallega de Medio Ambiente acordó formular la declaración de efectos ambientales, que fue notificada al titular de la concesión, quien por medio de sendos escritos presentados el 25 de marzo y el 3 de abril de 1996, solicitó la revisión de la mencionada declaración en lo referente a las condiciones que fijaban los caudales ecológicos.

El 19 de junio de 1996 la Comisión Gallega de Medio Ambiente formuló una nueva declaración de efectos ambientales.

Quinto: las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Santa Mariña, según el proyecto de ejecución de la misma, firmado por el ingeniero de caminos, canales y puertos Jorge Caveda Aspiazu y por el ingeniero industrial Guillermo Planas Roca, constan de un equipo productivo, a ubicar en un edificio de 18,00x8,00 m, constituido por los siguientes elementos:

- Una turbina Francis, de eje horizontal, de 1.656 KW de potencia nominal, velocidad nominal de 1.000 r.p.m. y salto neto de 151,50 metros.

- Un generador síncrono trifásico de 2.000 kVA de potencia, tensión nominal de 6.000 V y frecuencia 50 Hz.

-Un transformador de potencia trifásico de 2.000 kVA, grupo de conexión YNd11, relación de transformación 6/20 kV.

-Un puente grúa birrail, de 7,70 metros de luz entre carriles, recorrido de gancho de 6 metros y peso máximo de izado 15.000 Kg.

-Celdas de trafo de potencia, de protección de trafo, de interruptor de interconexión, de medida y protección y de acometida.

-Instalaciones de medida, control, protección y maniobra.

Sexto: el 15 de enero de 1997 el delegado provincial de Industria y Comercio de Lugo emitió informe favorable, proponiendo la aprobación del proyecto y la inclusión de la instalación en el régimen especial de instalaciones de producción de energía eléctrica, grupo f).

Fundamentos de derecho

Primero: la Dirección General de Industria es competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y en el Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por el Decreto 140/1991, de 2 de mayo y 292/1995, de 3 de noviembre, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre y Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, ya citados.

Segundo: en el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

1º) Autorizar a Auxime S.A. la instalación de los equipos electromecánicos reflejados en el proyecto electromecánico Central Hidroeléctrica de Santa Mariña, en el río As Balsadas, ayuntamiento de Ourol, provincia de Lugo.

2º) Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica referida.

3º) Reconocer a esta instalación la condición de instalación acogida al régimen especial del Real decreto 2366/1994, e incluirla en el grupo f) del artículo 2 de dicho real decreto.

Queda obligada la empresa titular de la instalación, a notificar el comienzo y remate de las obras para su inspección y puesta en marcha, pudiendo la Administración autonómica dejar sin efecto la presente resolución, después del oportuno expediente, en el momento que observe incumplimiento de los reglamentos, condicionantes técnicos y de seguridad, medidas correctoras establecidos por los organismos y entidades que constan en el expediente de este aprovechamiento hidroeléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario, ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 22 de enero de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

2091