Yo, Lorenzo Villalpando Lucas, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de los de Santiago de Compostela, hago saber que en este juzgado se siguen actuaciones de juicio de faltas con el número 293/1995, en las que, con esta fecha, ha recaído resolución del siguiente tenor literal:
«Propuesta de providencia. Villalpando Lucas.
En Santiago de Compostela, treinta y uno de enero de mil novecientos noventa y siete. Por presentado el anterior escrito por Carmen Casanova Goyanes, por Andrés Gómez Casanova y por el procurador García Piccoli, en nombre de J. Calzado Comisariado de Averías, S.A., únase a las actuaciones de juicio de faltas de su razón, se admite a trámite el recurso de apelación presentado contra la sentencia recaída en las mismas y, conforme a los artículos 976 y 795.4º de la Ley de enjuiciamiento criminal, dese traslado a las demás partes por plazo común de diez días, previniéndoles de que, transcurridos los cuales, háyanse o no presentado escritos de impugnación o adhesión, se elevarán los autos originales a la Audiencia Provincial con todos los escritos presentados.
Lo propongo y firmo. Doy fe.
Conforme: Collazo Lugo.
Y para que sirva de notificación y traslado a Carlos Díaz Gallego, que se encuentra en paradero desconocido, expido, sello y firmo el presente edicto».
Santiago de Compostela, treinta y uno de enero de mil novecientos noventa y siete.
Secretario
Rubricado
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