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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Lunes, 31 de marzo de 1997 Pág. 2.851

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

CÉDULA de 28 de febrero de 1997, de la Delegación Territorial de A Coruña, por la que se hace pública la propuesta de resolución referente al expediente de caducidad de la concesión administrativa otorgada a la sociedad Explotaciones Marinas, S.A. (C-950-CAD).

Teniendo en cuenta que la propuesta de resolución que a continuación se transcribe, le fue remitida al interesado el 16-12-1996, siendo devuelta por el servicio de correos, señalando el motivo de devolución como ausencia del destinatario de su domicilio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27-11-1992), se pone en conocimiento de la sociedad Explotaciones Marinas, S.A., con último domicilio conocido en A Coruña, Muelle de A Palloza, almacén nº 1-E, la siguiente:

Propuesta de resolución que se formula para cumplimentar lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia en relación con la concesión administrativa otorgada a Manuel José Lestón Mayo por Orden de 22-6-1984 y en la actualidad de Explotaciones Marinas, S.A., por cambio de dominio autorizado el 23-1-1992 (DOG del 21-2-1992) para la explotación del siguiente establecimiento:

Establecimiento: estación depuradora de moluscos, transformada en granja marina, por Orden de 23-1-1992 (DOG nº 36/1992).

Especies autorizadas: rodaballo.

Localización: lugar Agro da Punta, Abelleira, distrito marítimo de Muros.

Fecha de concesión: 22-6-1984 (DOG nº 152).

Finaliza la vigencia: 9-7-1994.

Al resultar que con fecha 11-9-1996 fue ordenada por la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de A Coruña la incoación del expediente de caducidad de la citada concesión por incumplimiento de las normas que regulan el título de la concesión y llevar inactiva la granja marina un tiempo superior a dos años.

Al resultar que el acuerdo de iniciación del expediente de caducidad y el nombramiento del instructor le fue remitido al interesado el 18-9-1996, siendo devuelta la notificación por el servicio de Correos.

Al resultar que con fecha 16-10-1996 fue publicada, en el DOG y en 25-9-1996 expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento, del último domicilio conocido de la sociedad Explotaciones Marinas, S.A., la iniciación del expediente de caducidad y el nombramiento de instructor y secretario en dicho expediente, sin que se formulasen alegaciones dentro del plazo establecido para ello.

Al considerar que el expediente se tramitó de conformidad con lo dispuesto en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Al considerar que según informe de los biólogos de la Delegación Territorial de A Coruña de 10-7-1996, el establecimiento no se encontraba en explotación encontrándose las naves en estado de semiabandono, siendo esta causa de caducidad de las contempladas en los artículos 56.3º y 72.a) de la Ley 6/1993 de 11 de mayo (DOG del 31-5-1993), de pesca de Galicia.

Al considerar que en virtud de las facultades que le confiere la Ley 6/1993, de pesca de Galicia, es competencia de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura la adopción de la resolución ajustada.

Vista la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27-11-1992), la Ley 6/1993, de pesca de Galicia, de 11 de mayo (DOG del 31-5-1993), la Ley 22/1988, de 29 de julio, de costas, el R. decreto 147/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo de la Ley de costas, el Decreto 423/1993, de 17 de diciembre (DOG del 20-1-1994), por el que se refunde la normativa vigente en materia de marisqueo, extracción de algas y cultivos marinos, y demás disposiciones aplicables al caso.

Se propone que se declare la caducidad de la concesión administrativa otorgada a Manuel José Lestón Mayo por Orden de 22-6-1984 y transferida, por cambio de dominio de 23-1-1992 (DOG del 21-2-1992) a Explotaciones Marinas, S.A.

Notifíquese esta propuesta de resolución al interesado, indicándosele que el expediente está a su disposición en esta delegación territorial, para su examen y alegaciones durante un plazo de 15 días hábiles contados a partir de su publicación en el DOG y en el tablón de anuncio el ayuntamiento del último domicilio conocido de la sociedad sujeta a expediente de caducidad.

A Coruña, 28 de febrero de 1997.

Beatriz Pais Comino

Instructora

1968