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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Lunes, 24 de marzo de 1997 Pág. 2.670

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUEU

BASES que han de regir la convocatoria para provisión mediante oposición libre, de una plaza de oficial fontanero de la escala de Administración especial incluida en la plantilla presupuestaria y oferta de empleo público del ejercicio de 1996.

Primera.-Objeto.

La provisión mediante oposición libre de una plaza de oficial fontanero, integrada en el grupo D, encuadrada dentro de la clase de personal de oficios de la subescala de servicios especiales de la escala de Administración especial, incluida en la oferta de empleo público de 1996.

Segunda.-Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitido en al realización de las pruebas selectivas convocadas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de primer grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las adminis

traciones públicas ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública o empleo del mismo carácter.

f) No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad que determine la legislación vigente.

g) Ingresar en la Tesorería del Ayuntamiento la cantidad fijada por el concepto de derechos de examen que será de cinco mil pesetas.

Tercera.-Publicidad de las bases y convocatoria.

Las bases específicas de las pruebas selectivas así como las correspondientes convocatorias se publicarán en el BOP, Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos de la casa consistorial, debiendo efectuarse anuncio de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado computándose el plazo para la presentación de solicitudes a partir de la publicación de esta último.

Cuarta.-Solicitudes.

La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Bueu acompañando una fotocopia del DNI y ajustándose a las siguientes normas:

a) El plazo de presentación será de veinte días naturales a partir del siguiente al de publicación en el BOE.

b) La presentación de las mismas podrá hacerse en el registro general del Ayuntamiento de Bueu o en las formas previstas en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común de 17 de noviembre de 1992.

c) Los derechos de examen serán de cinco mil pesetas y se ingresarán directamente en la Tesorería del Ayuntamiento o a través de giro postal. En este último caso los interesados deberán hacer constar en la solicitud la fecha del giro y el número del resguardo del mismo.

d) Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hiciesen constar en las solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en la base tercera a) para presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza salvo causa excepcional sobrevenida justificada y libremente apreciada por el tribunal.

El funcionamiento del tribunal se ajustará a lo previsto en la Ley de procedimiento administrativo para los órganos colegiados, quedando ésta facultada para resolver las dudas que se presenten en el proceso de valoración.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el BOP y se expondrá en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, en el plazo de un mes, resolución por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución se indicará la fecha de realización del primer ejercicio, designación del tribunal, así como la relación de aspirantes excluidos, con expresión de las causas y plazo de subsanación de defectos. Para subsanar el defecto que hubiese motivado su exclusión de las relaciones de admitidos y excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada resolución.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

Quinta.-Tribunal calificador.

El tribunal calificador estará constituido por:

-Presidente: el de la corporación o miembro en quien delegue.

-Vocales:

La concejal delegada de personal o concejal en quien delegue.

Un representante de la Xunta de Galicia.

El arquitecto técnico municipal.

-Secretario: el de la corporación.

Asimismo será convocado un representante-delegado de personal del ayuntamiento con voz, pero sin voto.

Por cada miembro del tribunal se nombrará un suplente. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de los miembros, titulares o suplentes indistintamente.

El nombramiento de los miembros del tribunal se hará por resolución de la alcaldía. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurrran algunas de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992 o en el supuesto previsto en el artículo 13.2º del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y podrán ser recusados por los aspirantes en tales supuestos.

Se podrán nombrar asesores del tribunal con voz y sin voto si se estiman necesarios para la adecuada asesoría de alguna prueba.

Sexta.-Procedimiento de selección y pruebas a realizar.

El puesto de trabajo convocado se proveerá mediante el procedimiento de oposición libre y constará de las siguientes pruebas:

-Primer ejercicio: escrito y eliminatorio.

Consistirá en contestar en el período máximo de una hora a un cuestionario de cincuenta preguntas tipo test preparado por el tribunal inmediatamente antes de la práctica de este ejercicio relacionado con las tareas propias del puesto de trabajo y programa anexo. Cada respuesta correcta se valorará con 0,2 puntos necesitándose para aprobar un mínimo de treinta respuestas acertadas.

-Segundo ejercicio: escrito y eliminatorio.

Consta de dos fases:

a) Primera fase: consistirá en responder en un tiempo máximo de una hora y media a tres temas de carácter general de los previstos en el programa anexo sacados a suerte inmediatamente antes de comenzar el ejercicio. Se valorarán los conocimientos de los temas y el nivel de formación general.

Esta fase se calificará hallando la media aritmética de la puntuación obtenida en cada tema que se valorarán de 1 a 10 puntos.

b) Segunda fase: consistirá en la resolución de cinco problemas en el tiempo máximo de una hora relacionados con el puesto a desempeñar. Se calificará esta fase de 1 a 10 puntos.

La calificación general de este ejercicio segundo será la media aritmética de la puntuación obtenida en las dos fases siendo preciso alcanzar un mínimo de 5 puntos para la superación del ejercicio.

Tercer ejercicio: de carácter práctico y eliminatorio.

Consistirá en el desarrollo de, al menos, dos supuestos prácticos de forma manual, teniendo en cuenta las características del puesto de trabajo durante un período de una hora de duración. El ejercicio se valorará de 1 a 10 puntos siendo necesario obtener 5 puntos para su superación.

Cuarto ejercicio: de carácter obligatorio pero no eliminatorio.

Los aspirantes que superasen los tres ejercicios eliminatorios se someterán a una cuarta prueba consistente en la traducción directa al idioma gallego sin ayuda de diccionario de un texto en castellano elegido por el tribunal y por un período máximo de treinta minutos. Se calificará de 1 a 3 puntos.

La puntuación obtenida por los aspirantes en cada uno de los ejercicios será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal.

El orden de calificación final y definitiva de la oposición será determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante.

En caso de empate el orden de puntuación se establecerá teniendo en cuenta la mayor calificación obtenida en el último ejercicio obligatorio y eliminatorio.

Séptima.-Lista de aprobados.

a) Terminado cada uno de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición el tribunal hará pública en el tablón de edictos del ayuntamiento la relación de aspirantes que superaran cada uno de ellos con indicación de la puntuación obtenida. Los opositores que no estén incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos.

b) Terminadas las pruebas selectivas, el tribunal elevará al alcalde-presidente la relación definitiva de aspirantes aprobados en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total.

c) El tribunal no podrá aprobar ni declarar que superaron las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de la plaza convocada. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

Octava.-Presentación de documentos.

1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en el que se haga pública la relación definitiva, el aspirante aprobado deberá presentar en la secretaría general de este ayuntamiento el siguiente documento:

a) Copia autenticada o fotocopia de la titulación exigida para el ingreso, que deberá presentarse acompañada del original para compulsa.

2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados anteriormente podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

3. Si dentro del plazo fijado y excepto casos de fuerza mayor no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de algún requisito exigido, no podrá ser nombrado funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar por falsedad en la solicitud inicial.

Novena.-Nombramiento.

Concluido el proceso selectivo, el aspirante aprobado será nombrado funcionario de carrera del Ayuntamiento de Bueu. La toma de posesión se efectuará en el plazo de un mes contado desde la fecha de notificación de su nombramiento y si no lo hiciese en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en la situación de cesante.

Décima.-Normativa aplicable.

Las bases específicas de la convocatoria aprobadas por el Pleno de la Corporación y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las actuaciones de los tribunales podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección.

-Programa anexo.

1. Organización municipal. Órganos básicos: alcalde, teniente de alcalde, Pleno. Comisiones de gobierno.

2. Organización administrativa del ayuntamiento. Secretaría, intervención, tesorería, servicios especiales.

3. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Incompatibilidades.

4. El servicio municipal de aguas. Su organización y cometidos.

5. Reglamento municipal de suministro de agua. Ordenanza reguladora del precio público por suministro de agua.

6. La red de conducción de agua. Puntos de recorrido, vigilancia y observación.

7. La red de distribución y abastecimiento desde los depósitos: zonas que pueden abastecerse de cada depósito regulador.

8. Conservación de la red de distribución, cortes, restricciones y averías.

9. Las acometidas a la red de distribución. Condiciones técnicas de la instalación. Los contadores. Batería de contadores. Ubicación y características.

10. Redes de saneamiento: sistemas y procedimientos de evacuación. Materiales y elementos característicos utilizados en el saneamiento.

11. Tuberías y sus tipos: piezas especiales de instalación. Dridas, válvulas, juntas, codos, ventosas..., etc. Herramientas adecuadas para trabajos de fontanería y su utilización.

12. Valvulería utilizada en fontanería y tipos de válvulas: ventajas e inconvenientes, criterios de instalación. Bombas: tipos y características.

13. Conceptos básicos de hidráulica: presión, caudal, velocidad, golpe de ariete. Requisitos para las acometidas a viviendas y locales comerciales.

14. El agua. Donde se encuentra. Su importancia.

15. Sistemas de producción de agua caliente.

16. Depósitos de almacenamiento de agua para el abastecimiento público: tipo de depósito, cálculo de capacidad. Mantenimiento.

17. Fluxores: características. Inconveniente. Caudales mínimos en los apartados domésticos.

18. Tipos de soldadura en fontanería. Procedimientos de depuración de agua para el abastecimiento.

19. Canalización de aguas residuales y pluviales. Depuración de las aguas residuales. Tipos de depuradoras.

20. Normas básicas de Industria sobre instalación de viviendas.

Bueu, 10 de febrero de 1997.

Xosé Novas Piñeiro

Alcalde

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