En autos de ejecutivo otros títulos nº 155/1993 seguido a instancia de Banco Bilbao Vizcaya representado por el procurador Ricardo García-Piccoli Atanes, contra Carmen Gendra Otero y Mª del Carmen Sánchez Gendra se ha dictado la siguiente providencia magistrado-juez, Pantín Reigada.
Santiago de Compostela, cuatro de marzo de mil novecientos noventa y siete.
Publíquese edictos en el Diario Oficial de Galicia a fin de hacer saber a los posibles licitadores que, tratándose de una vivienda de protección oficial de promoción pública, sometida al régimen establecido en el Real decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, por lo que los ingresos del adquiriente no pueden exceder de 2,5 veces el salario mínimo interprofesional, y está obligado a dedicar la vivienda a residencia habitual y permanente y que deben respetarse los derechos de adquisición preferente reconocidos a la Administración.
Lo manda firma, S.Sª y doy fe.
El magistrado-juez, ante mí.
Y para que conste y publicar en el Diario Oficial de Galicia con el edicto acordando la celebración de subastas, expido la presente cédula que firmo y sello en Santiago de Compostela a cuatro de marzo de mil novecientos noventa y siete.
La secretaria
Rubricado
1099