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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Miercoles, 12 de marzo de 1997 Pág. 2.212

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN SOCIAL

ORDEN de 28 de febrero de 1997 por la que se convocan los programas Ven al Camino Francés y Ven a la Ruta Marítima Jacobea.

La Consellería de Cultura viene desarrollando estes últimos años una serie de acciones tendentes al acercamiento de la población al Camino de Santiago, mereciendo especial atención la convocatoria de los programas Ven al Camiño Francés y Ven a la Ruta Marítima Xacobea.

Estos programas nacieron con el objetivo de dar a conocer la realidad del Camino y su entorno, así como sus valores y sensibilidades. Por otra parte pretenden promover el interés por el camino entre los jóvenes y las instituciones encaminadas a la formación y organización de actividades de ocio y tiempo libre. Siendo su fin último la promoción de las distintas rutas jacobeas.

Los objetivos señalados se cumplieron sobradamente, y dado el elevado número de interesados en participar en los referidos programas, se considera necesario convocar una nueva edición de los mismos.

Por todo ello, la Consellería de Cultura y Comunicación Social, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, y en el uso de las competencias conferidas por el Decreto 256/1996, de 20 de junio, que desarrolla la estructura orgánica de la Consellería de Cultura y Comunicación Social, convoca los programas Ven al Camiño Francés y Ven a la Ruta Marítima Xacobea.

Para tal fin,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Cultura y Comunicación Social convoca los programas Ven al Camiño Francés y Ven a la Ruta Marítima Jacobea, dirigidos a los jóvenes.

a) El programa Ven al Camiño Francés ofrece dos días de estancia y recorrido por puntos emblemáticos y significativos del Camino Francés, con alojamiento una noche en los albergues que se señalan en el esquema del viaje, que figura en el anexo I de la presente orden.

b) El programa Ven a la Ruta Marítima Xacobea ofrece un viaje para recorrer el trayecto que separa Vilagarcía de Arousa de Pontecesures remontando el río Ulla.

Artículo 2º

1. Estes programas son excluyentes, lo que significa que la solicitud de uno supone la exclusión del otro.

2. El desarrollo de los mismos se hará de acuerdo con lo dispuesto en las bases que figuran en los anexos de la presente orden.

Artículo 3º

1. El libramiento de los gastos originados por el programa Ven al Camiño Francés se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.121-A.640.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997.

2. La realización de las actividades relacionadas con el programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea no supone gasto alguno para la Consellería de Cultura y Comunicación Social.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de febrero de 1997.

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura y Comunicación Social

ANEXO I

Bases que rigen la convocatoria del programa Ven al Camino Francés

Primera.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubes juveniles, catequesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, corales y rondallas juveniles, etc.

Segunda.-La consellería, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Los albergues.

-Un informador del Camino especializado en la zona.

-La cantidad de 50.000 ptas. en concepto de ayuda para los gastos de transporte por cada institución u organismo.

La atención y cuidado del grupo, su traslado y manutención, serán responsabilidad de la institución u organismo participante.

Tercera.-El número de participantes por cada grupo no será inferior a 25 ni superior a 45 incluyendo en este número los adultos acompañantes que no excederán de 5.

Los grupos participantes en el programa no excederán de 50, los cuales serán seleccionados por orden riguroso de llegada siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Cuarta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el vehículo en el que efectúen los viajes.

Quinta.-Los interesados enviarán sus solicitudes, en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura y Comunicación Social, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, edificio administrativo San Caetano, bloque 3, 15771-Santiago de Compostela. También podrán presentar las mismas en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura y Comunicación Social. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia no serán admitidas solicitudes enviadas a través de fax, teléfono o cualquiera de los medios que no figuren en el artículo citado.

Sexta.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes inicialmente previsto, persona o personas responsables, teléfono de contacto, itinerarios y fechas preferentes para el viaje (se recomienda poner varias).

Séptima.-La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 30 días desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevará a cabo por los servicios-técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

La resolución que le corresponderá al conselleiro de Cultura y Comunicación Social se le notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Octava.-Los viajes se celebrarán durante los meses de abril, mayo, junio y septiembre de 1997.

Su duración es de dos días (una noche) que pueden ser o no en fin de semana.

Novena.-Los albergues en los que se podrán alojar los solicitantes son los siguientes:

O Cebreiro, Triacastela, Portomarín, Palas de Rei, Melide, Ribadiso y Arca.

-Itinerarios:

R-1. O Cebreiro y su entorno.

R-2. O Cebreiro-Triacastela, con visita a Samos.

R-3. Sarria-Barbadelo-Paradela-Pontomarín.

R-4. Portomarín-Palas de Rei, con visita a Vilar de Donas y Monterroso.

R-5. Palas de Rei-Melide, con visita a Toques y Sobrado.

R-6. Melide-Ribadiso, con visita a Toques y Sobrado.

R-7. Ribadiso-O Pino, con visita al embalse de Portodemouros, y Mezonzo y Sobrado.

Décima.-Para que se pueda tramitar el pago, una vez realizado el viaje, es imprescindible enviar a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo de 15 días desde la realización de la misma:

-Factura original por importe de 50.000 ptas. para justificar los gastos del transporte expedida por la empresa transportista.

-Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

-Certificación bancaria original acreditativa de la titularidad de la cuenta donde desea recibir la transferencia el beneficiario.

-Parte firmado por el informador y persona responsable del grupo para justificar la realización del viaje.

Undécima.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir

de las bases que regulan este programa, sin que, en ningún caso, pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.

ANEXO II

Bases que rigen la convocatoria del programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea

Primera.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubes juveniles, catequesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, corales y rondallas juveniles, etc.

Segunda.-La consellería, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Billete gratuito para poder realizar el viaje consistente en remontar el río Ulla desde Vilagarcía de Arousa hasta Pontecesures.

La atención y cuidado del grupo, así como su traslado y manutención, serán responsabilidad de la institución u organismo participante.

Tercera.-El número de participantes por cada grupo no será inferior a 20 ni superior a 37 incluyendo en este número los adultos acompañantes que no excederán de 5.

Los grupos participantes en el programa no excederán de 74, los cuales serán seleccionados por orden riguroso de llegada siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Cuarta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

Quinta.-Los interesados enviarán sus solicitudes en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura y Comunicación Social, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, edificio administrativo San Caetano, Bloque 3, 15771 Santiago de Compostela. También podrán presentar las mismas en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura y Comunicación Social. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia, no serán admitidas las solicitudes enviadas a través de fax, teléfono, o cualquier otros medios que no figuren en el artículo citado.

Sexta.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes, persona o personas responsables, teléfono de contacto y fechas preferentes para el viaje (se recomienda poner varias por orden de preferencia).

Séptima.-La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 30 días desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevará a cabo por los servicios técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

La resolución que le corresponderá al conselleiro de Cultura y Comunicación Social se le notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Octava.-Los viajes se celebrarán durante los meses de abril, mayo y junio de 1997, excepto domingos y festivos.

Cada grupo solicitante estará obligado a confirmar su asistencia con 3 días de antelación a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago por escrito o mediante fax.

Los tikets para el viaje podrán recogerse en las dependencias de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

Novena.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir de las bases que regulan este programa, sin que en ningún caso pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.

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