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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Miercoles, 12 de marzo de 1997 Pág. 2.201

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DECRETO 43/1997, de 20 de febrero, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica de doble circuito aéreo-subterránea, a 66 kV trazada entre la subestación de Taboadelo, ayuntamiento de Ponte-Caldelas, hasta el centro de interconexión en Recelo, ayuntamiento de A Lama, provincia de Pontevedra. (Expediente 398/1995).

Eléctrica de Moscoso, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en la Avda. José Antonio, nº 21, 36830 A Lama, solicitó de esta consellería, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica de doble circuito, aéreo-subterránea, a 66 kV, con tramo aéreo de 11.592 m, con conductor tipo LA-110 y tramo subterráneo de 120 m de longitud y conductor tipo R.H.V., trazada entre la subestación de Taboadelo en Ponte-Caldelas, propiedad de Unión Eléctrica Fenosa, S.A., hasta el centro de interconexión en Recelo, ayuntamiento de A Lama (Pontevedra) (expediente 398/1995).

Dicha instalación se autorizó, y se declaró de utilidad pública por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra del 6-3-1996 la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 17-4-1996, en el BOP de Pontevedra del 23-3-1996, y en el BOE del 2-4-1996. Con fecha 30-5-1996 fue aprobado su proyecto de ejecución.

La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 19-9-1996, en el BOP de Pontevedra del 8-10-1996, en el diario Diario de Pontevedra del 2-10-1996, y en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Ponte-Caldelas y A Lama y en el de la delegación provincial, al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación, excepto los propietarios de las fincas núms. 4A, 73, 76, 77, 78, 79, 146 y 147, que por ser de domicilio desconocido, se le dio traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, según el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Con fecha 12-12-1996, la empresa beneficiaria Eléctrica de Moscoso, S.L., comunica a la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra que alcanzó acuerdos con los titulares de

una serie de fincas que figuran en su escrito, aportando nueva relación de afectados.

La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; durante el período en que se sometió a trámite de información pública no se formuló ninguna alegación de oposición a la expropiación.

Una vez practicada por técnicos de la delegación provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra la inspección sobre el terreno según el trazado aprobado para la instalación de esta línea, se pudo comprobar que en los bienes afectados, sobre los que se solicitan los beneficios de expropiación, a los efectos de la servidumbre, no se dan los supuestos prohibitivos previstos nos artigos 6 de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y 25 del Decreto 2619/1966, ni le son de aplicación las limitaciones del artículo 26 de dicho decreto.

Se estima justificada la urgente ocupación solicitada por la compañía Eléctrica de Moscoso, S.L. ya que la finalidad de esta línea es poder garantizar las máximas condiciones de seguridad del suministro, calidad y regularidad en la zona, y debido a que a imposición de la servidumbre de paso, por el procedimiento ordinario, haría imposible cumplir los prazos previstos para estas instalaciones.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Industria y Comercio, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de febrero de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-A los efectos previstos en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se declara urgente la ocupación de terrenos y bienes gravados con la servidumbre de paso impuesta con el alcance previsto en el artículo 4 de la ley citada, para realizar la instalación proyectada y propuesta por Eléctrica de Moscoso, S.L., de la línea eléctrica aéreo - subterránea que une la subestación de Taboadelo en Ponte-Caldelas, propiedad de Unión Eléctrica Fenosa, S.A., hasta el centro de interconexión en Recelo, ayuntamiento de A Lama.

Los bienes y derechos a que afecta esta disposición se situan en los términios municipales de Ponte-Caldelas y A Lama (Pontevedra) e son todos los que figuran en le relación presentada por la empresa solicitante de los beneficios de expropiación, que consta en el expediente, el cual se sometió a información pública en la forma y fechas anteriormente descritas.

Santiago de Compostela, veinte de febrero de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Couceiro Méndez

Conselleiro de Industria y Comercio

1709