Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Miercoles, 12 de marzo de 1997 Pág. 2.200

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DECRETO 42/1997, de 20 de febrero, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV trazada entre la L.M.T. a los CC.TT. Buenos Aires, Cerdeño, Costeira, etc. hasta el centro de transformación que se proyecta en Coutiño-Cornelas, ayuntamiento de Mos, provincia de Pontevedra. (Expediente 49/1995).

Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio para efectos de notificaciones en la c/ Severo Ochoa nº 2 de A Coruña, solicitó de esta consellería, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV de 362 m de longitud con conductor tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón, trazada desde los apoyos 7-8 de la L.M.T. a los CC.TT. Buenos Aires, Cerdeño, Costeira, etc. hasta el centro transformador que se proyecta en Coutiño-Cornelas, ayuntamiento de Mos (Pontevedra). (Expediente 48/1995).

Dicha instalación se autorizó, se declaró de utilidad pública, por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra de 15-5-1995, la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 18-7-1995, en el BOP de Pontevedra del 30-6-1995, y en el BOE del 17-7-1995. Con la misma fecha fue aprobado su proyecto de ejecución

La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 21-8-1996, en el BOP de Pontevedra del 23-8-1996, en el diario Faro de Vigo del 24-8-1996, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mos y en el de la delegación provincial, al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.

La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; durante el período en que se sometió a trámite de información pública no se formuló ninguna alegación de oposición a la expropiación.

Una vez practicada, por técnicos de la delegación provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra, la inspección sobre el terreno segundo el trazado aprobado para la instalación de esta línea, se pudo comprobar que en los bienes afectados, sobre los que se solicitan los beneficios de expropiación, a los efectos de la servidumbre, no se dan los supuestos prohibitivos previstos nos artigos 6 de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y 25 del Decreto 2619/1966, ni le son de aplicación las limitaciones del artículo 26 de dicho decreto.

Se estima justificada la urgente ocupación solicitada por la compañía Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. ya que con esta línea se pretende suministrar de energía al centro transformador que se proyecta en Coutiño-Cornelas, partiendo de los apoyos 7-8 de la L.M.T. a los CC.TT. Buenos Aires, Cerdeño, Costeira, etc., con objeto de garantizar las máximas condiciones de seguridad del suministro, estabilidad de la red, y la regularidad del servicio en dicha zona, y debido a que a imposición de la servidumbre de paso, por el procedimiento ordinario, haría imposible cumplir los prazos previstos para estas instalaciones.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Industria y Comercio, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de febrero de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo único.-Para los efectos previstos en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se declara urgente la ocupación de terrenos y bienes gravados con la servidumbre de paso impuesta con el alcance previsto en el artículo 4 de la ley citada, para realizar la instalación proyectada y propuesta por Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., de la línea eléctrica aérea que une la L.M.T. a los CC.TT. Buenos Aires, Cerdeño, Costeira, etc. hasta el centro transformador que se proyecta en Coutiño-Dornelas.

Los bienes y derechos a que afecta esta disposición se sitúan en termo municipal de Mos (Pontevedra) e son todos los que figuran en le relación presentada por la empresa solicitante de los beneficios de expropiación, que consta en el expediente, el cual se sometió a información pública en la forma y fechas anteriormente descritas.

Santiago de Compostela, veinte de febrero de mil novecientos noventa y siete.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Couceiro Méndez

Conselleiro de Industria y Comercio

1708