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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Martes, 04 de marzo de 1997 Pág. 1.916

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 1997 por la que se convocan varios cursos sobre prevención de riesgos laborales.

Dentro del programa de actividades de la EGAP para 1997, y conforme a las funciones atribuidas por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la escuela, y por la también Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la anterior, se convocan seis cursos sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Objetivos.

a) Analizar las exigencias que en la Administración pública supuso la entrada en vigor de la Ley de prevención de riesgos laborales.

b) Exponer los derechos de los trabajadores y personal estatutario sobre esta materia.

c) Sensibilizar a los empleados públicos en la importancia de una legislación específica, que redunde en una mayor preocupación por la prevención de riesgos.

d) Estudiar la actividad preventiva, sus exigencias y el desarrollo de la misma en la Administración pública.

e) Desarrollar participación y representación especializada para prevenir riesgos y ofrecer pautas de actuación.

Segunda.-Destinatarios.

Personal de la Xunta de Galicia y de la Administración local gallega, perteneciente a los grupos A y B o I y II, que tenga relación con el contenido de los cursos.

Tercera.-Solicitudes.

Los interesados que aspiren a participar en uno de los cursos programados deberán solicitarlo en el modelo oficial que figura al final de la convocatoria, cubierta en todos los epígrafes. En la solicitud se harán constar los siguientes datos:

a) Descripción del puesto de trabajo actualmente desempeñado, según el modelo que figura al final de la convocatoria.

b) Indicación precisa del curso concreto al que pretende concurrir y de la ciudad donde se impartirá.

En este sentido, los solicitantes solo podrán pedir la admisión a uno de los seis cursos convocados. Las instancias que no cumplan esta condición serán rechazadas.

c) Conformidad de la entidad en la que presta servicios.

Cuando lo solicite más de un interesado de una misma entidad u organismo, deberá especificarse, en documento anexo expedido por el jefe de personal, el orden de preferencia.

La solicitud de incorporación al curso supone la aceptación expresa de las presentes bases y de las normas y procedimientos por los que se rige.

La falsedad u ocultación de datos será motivo de exclusión automática.

Cuarta.-Tramitación de solicitudes.

Las solicitudes irán dirigidas al director de la EGAP y se presentarán en el registro de la Escola Galega de Administración Pública, polígono de As Fontiñas, c/ de Madrid, 2-4, 15707 Santiago de Compostela, o en las dependencias que se señalan en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Quinta.-Plazo de presentación de las solicitudes.

Se adelantan las siguientes fechas-límite para la presentación de las peticiones para acceder a esta actividad:

-Cursos en Lugo y en A Coruña: hasta el 22 de abril de 1997.

-Curso en Ourense: hasta el 22 de mayo de 1997.

-Cursos en Santiago de Compostela, Pontevedra y Vigo: hasta el 5 de septiembre de 1997.

Sexta.-Desarrollo de los cursos.

Los cursos se desarrollarán de lunes a viernes, conforme al calendario siguiente:

LugarComienzoFinalizaciónHorarioPeriodicidad

Lugo19 de mayo23 de mayo17 a 20Lunes a viernes

A Coruña26 de mayo30 de mayo17 a 20Lunes a viernes

Ourense16 de junio20 de junio17 a 20Lunes a viernes

Santiago de

Compostela

29 de septiembre 3 de octubre17 a 20Lunes a viernes

Pontevedra13 de octubre17 de octubre17 a 20Lunes a viernes

Vigo27 de octubre31 de octubre17 a 20Lunes a viernes

Séptima.-Selección.

Las solicitudes que reúnan los requisitos de las bases 3 y 5 serán seleccionadas según los siguientes criterios, y por este orden:

1. Haber realizado un menor número de cursos relacionados con los contenidos temáticos del que se convoca en los últimos cinco años.

2. Menor número de cursos realizados en escuelas e institutos de Administración pública.

3. La antigüedad, entendiendo como tal la fecha de ingreso en cualquier administración.

La admisión al curso se les comunicará directamente a los interesados.

Octava.-Modificaciones.

La EGAP reserva para si la facultad de interpretar y resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo de los cursos, así como la de cancelarlos si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

Novena.-Duración.

Cada curso tendrá una duración de 15 horas lectivas.

Décima.-Certificado de asistencia.

Se les otorgará certificado de asistencia a los alumnos que acudan con regularidad al correspondiente curso, cuando la inasistencia al mismo no sea igual o superior al 15% de las horas lectivas programadas. La superación de este límite, sea cual sea la causa, imposibilitará la expedición del mencionado certificado y provocará la baja en el respectivo curso con pérdida de todos los derechos.

Decimoprimera.-Profesorado.

Estará integrado por magistrados, profesores de derecho del trabajo y de la Seguridad Social y personal funcionario especializado.

Decimosegunda.-Contenido.

El temario de estos cursos será el siguiente:

Tema 1: Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de prevención de riesgos laborales. Referencia a la normativa de la Unión Europea y a la normativa internacional.

Tema 2: Política preventiva (I). Objetivos. Coordinación, colaboración y fomento. Desarrollo reglamentario.

Tema 3: Política preventiva (II). Organización: Instituto Nacional de Seguridad Social y Salud en el trabajo. Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Administraciones públicas competentes en materia laboral y sanitaria. Coordinación administrativa. Participación institucional. Comisión Nacional de Seguridad Social y Salud en el trabajo.

Tema 4: Derechos y obligaciones (I). Reglas generales. Principios da acción preventiva. Especial referencia a las obligaciones de fabricantes, importadores y suministradores.

Tema 5: Derechos y obligaciones (II). Del empresario. Evaluación de riesgos. Equipos de trabajo y medios de protección. Documentación. Coordinación.

Tema 6: Derechos y obligaciones (III). De los trabajadores. Información. Formación. Vigilancia de la salud.

Tema 7: Derechos y obligaciones (IV). Medidas de emergencia. Riesgo grave e inminente.

Tema 8: Derechos y obligaciones (V). Protección de trabajadores sensibles a determinados riesgos. Protección de la maternidad. Protección de los trabajadores sujetos a contratos de duración determinada y de trabajadores contratados por empresas de trabajo temporal para ser puestos a disposición.

Tema 9: Los servicios de prevención. Designación de trabajadores. Servicios externos. Servicios de prevención. Actuación de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Tema 10: Consulta y participación (I). Reglas generales. Facultades y competencias de los representantes unitarios y sindicales no especializados. La consulta. Particularidades en la Administración pública.

Tema 11: Consulta y participación (II). Los delegados de prevención. Concepto y designación. Competencias, facultades y garantías. Obligaciones.

Tema 12: Consulta y participación (III). El comité de seguridad y salud. Composición y facultades. Colaboración de la Inspección de Trabajo en la materia.

Tema 13: Responsabilidades y sanciones (I). Sujetos responsables. Compatibilidad. Competencia.

Tema 14: Responsabilidades y sanciones (II). Infracciones y sanciones. Tipología. Criterios de graduación. Prescripción.

Tema 15: Responsabilidades y sanciones (III). Otras medidas. Requerimientos. Paralización de trabajos. Suspensión o cierre del centro de trabajo. Limitaciones a las facultades de contratar con la Administración.

Santiago de Compostela, 19 de febrero de 1997.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública

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