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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Lunes, 03 de marzo de 1997 Pág. 1.886

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 28 de enero de 1997, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador P-142/1996 y tres más (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar ante el instructor las alegaciones que se consideren convenientes.

Pontevedra, 28 de enero de 1997.

Pilar Pita Ponte

Instructora

ANEXO

-Expediente-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado-Precepto infringido-Precepto sancionador-Sanción

P-142/96Gabriel Villegas Blanco

Daro-Pazo-Mondariz Balneario

Por pescar lamprea a mano en un tramo vedado, el día 17 de abril de 1996, en el río Tea, lugar de A Freixa, ayuntamiento de PonteareasArt. 34.11º da Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 da Lei 7/1992, de pesca fluvial.50.001 e

Inh. para

obtener la

Lic. de pesca

en 1 año

P-149/96José Luis Isla Fernández

c/ Arenal, 41-Lalín

Pescar con caña en un canal de riego o derivación, el día 20 de abril de 1996, en el río Arengo, lugar de Gavieiras, ayuntamiento de Rodeiro.Art. 34.7º de la Ley 7/1992 de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001 e

Inh. para

obtener la

Lic. de pesca

en 1 año

P-233/96Javier Alcobre Souto

Pizarro, 17-5ºB-Vigo

Pescar con caña sin llevar la documentación acreditativa de identidad, y empleando como cebo miñoca viva en río salmonero, el día 19 de mayo de 1996, en el río Deza, ayuntamiento de Vila de CrucesArt. 34.14º, en relación con el artículo 3 de la Orde de C., A, G, e M, y 33.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvialArt. 34 y 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.52.000 e

Inh. para

obtener la

Lic. de pesca

en 1 año

P-321/96Jesús Mediavilla Cañibano

Loureiroi Crespo, 56-6º D

Pontevedra

Pescar 5 truchas de dimensiones antirreglamentarias (16; 17,2; 2 de 17,5; 18,5), el día 13 de julio de 1996, en el río San Vicente, ayuntamiento de PontecaldelasArt. 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvialArt. 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.5.000 e

Indemnización

de 12.000

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