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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Martes, 25 de febrero de 1997 Pág. 1.681

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE PADRÓN

EDICTO (197/1991).

Yo, Juan Manuel Regal Menéndez, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Padrón y su partido, hace saber que en este juzgado de mi cargo se siguen autos de declarativo menor cuantía número 197/1991, en los que ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice así:

«En Padrón, 5 de febrero de 1992. Vistos por Raimundo San Adrián Otero, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Padrón y su partido, los presentes autos de declarativo menor cuantía seguidos en este juzgado con el número 197/1991, en los que son parte, como demandante, Marcial Bouzas Sorribas, representado por la procuradora Soledad Sánchez Silva, y asistido por el letrado José Santiago Pérez, y como demandad, Induro, S.L., con domicilio social en el lugar de Antequeira, parroquia de Oín, municipio de Rois y contra la comunidad hereditaria de Tito Bouzas Sorribas, integrada por Mª del Carmen Bentín Calvo, Tito Bouzas Bentín, Antonio Bouzas Bentín, Javier BOuzas Bentín, Mª del Carmen Bouzas Bentín, Fernando Bouzas Bentín, Carlos Bouzas Bentín y contra los herederos desconocidos e inciertos de Tito Bouzas Sorribas y demás personas que pudieran tener interés en el pleito, siendo representada la entidad Induro, S.L., por el procurador Manuel Alfonsín Somoza.

Fallo que desestimando la demanda interpuesta por la procuradora Mª Soledad Sánchez Silva en representación de Marcial Bouzas Sorribas y sin entrar en el fondo del asunto, debo absolver y absuelvo en la instancia a los demandados Induro, S.L., Mª del Carmen Bentín Calvo, Tito Bouzas Bentín, Antonio Bouzas Bentín, Javier Bouzas Bentín, Mª del Carmen Bouzas Bentín, Fernando Bouzas Bentín y Carlos Bouzas Bentín sin hace especial pronunciamiento en costas.

Y para su publicidad y que sirva de notificación al demandado, no comparecido, herederos desconocidos e inciertos de Tito Bouzas Sorribas y demás personas que pudieran tener interés en el pleito, expido el presente edicto en Padrón a dieciséis de enero de mil novecientos noventa y cinco».

El juez

Rubricado

La secretaria

Rubricado

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