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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Miercoles, 19 de febrero de 1997 Pág. 1.501

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 23 de enero de 1997, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone la inscripción y la publicación del acuerdo adoptado por la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de la construcción de Ourense.

Visto el texto del acuerdo adoptado por la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de la cons

trucción (código nº 3200155) de Ourense, convenio publicado en el BOP nº 155, del 6 de julio de 1996 y DOG nº 200, del 11 de octubre de 1996, con entrada en esta delegación provincial, suscrito el día 26-12-1996, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por R.D. 1/1995, de 24 de marzo, R.D. 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y R.D. 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de dicho acuerdo en el libro de registro de convenios colectivos de esta delegación provincial, con notificación a la comisión paritaria del convenio colectivo mencionado.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Ourense, 23 de enero de 1997.

Manuel López Casas

Delegado provincial de Ourense

Acuerdo del convenio colectivo del sector de la construcción de Ourense

Asistentes.

-FEMCA UGT:

Juan Muñoz Álvarez.

-FECOMA-CC.OO.:

Rafael López de la Torre.

-ACO:

Carlos Fernández Alonso.

Jorge Caride Luna.

José Antonio Pérez Fernández.

Cesáreo Fernández Ríos.

En Ourense, 26 de diciembre de 1996, reunidos los al margen reseñados, signatarios del vigente convenio colectivo provincial sectorial de la construcción de Ourense, acuerdan, por unanimidad, y de conformidad con el acuerdo sectorial nacional de la construcción sobre el concepto económico de la antigüedad, de 6 de noviembre de 1996, publicado en el BOE nº 281, del jueves, 21 de noviembre de 1996, incorporar las 10.000 ptas. correspondientes al

corriente ejercicio 1996 en las tablas salariales vigentes del convenio, y dentro del plus de asistencia. Dicho importe, o en su caso, la parte proporcional que corresponda, será abonado dentro de los 30 días siguientes a su publicación en el BOP o DOG.

Tal como recoge el artículo nº 5 del ASN de la construcción sobre el concepto económico de antigüedad, los trabajadores mantendrán y consolidarán los importes a los que tuvieran derecho, por el complemento personal de antigüedad, a la fecha de publicación del citado ASN.

Al importe anterior así determinado se adicionará, en su caso, a cada trabajador que ya viniera percibiendo alguna cuantía por este concepto el importe equivalente a la parte proporcional de antigüedad que el trabajador tuviera devengada y no cobrada a la fecha de publicación del ASN, calculándose por defecto o por exceso, por años completos. Para el cálculo de los importes de esta parte de antigüedad devengada y no cobrada se tendrán en cuenta los importes que para cada categoría y nivel fije el convenio colectivo provincial de Ourense.

Y para que conste y surta los efectos oportunos se firma por decaplicado, juntamente con la tabla de retribuciones ya actualizada, en el lugar y fecha mencionados en el encabezamiento.

Tabla de retribuciones para el período 1-1-1996 al 31-12-1996

Nivel CategoríasMensualPagas extrasAnualHoras

extras

Sueldo

base

Plus

asistencia

Plus

transporte

Total

mes

JulioNavidadVacaciones

IITitulado superior98.25624.2341.097123.587117.012117.012117.0121.047
IIITitulado medio, jefe 1ª administrativo97.82123.8031.087122.711116.671116.671116.6711.047
IVJefe de personal, ayudante de obra, encargado general97.34523.3221.077121.744116.293116.293116.2931.047
VJefe administrativo de 2ª, delineante superior, jefe de compras, encargado de taller96.90422.8911.069120.864115.951115.951115.9511.047
VIOficial 1ª administrativo, delineante de 1ª, encargado de obra96.43122.4121.059119.902115.576115.576115.5761.047
VIIOficial de 2ª administrativo, delineante de 2ª, práctico topografía de 2ª, capataz94.69420.6741.028116.396114.208114.208114.208996
VIIIAuxiliar administrativo o técnico, oficial de 1ª de oficio93.38519.3671.002113.754113.209113.209113.209966
IXListero ayudante topografía, oficial de 2ª de oficio, conserje92.03818.018981111.037112.118112.118112.118929

Nivel CategoríasMensualPagas extrasAnualHoras

extras

Sueldo

base

Plus

asistencia

Plus

transporte

Total

mes

JulioNavidadVacaciones

XVigilante, enfermero, almacenero, guarda jurado, ayudantes de oficios90.69216.672955108.319111.059111.059111.059877
XIPeones especializados89.34815.326931105.605108.799108.799108.799843
XIIPeones ordinarios87.95813.937912102.807107.709107.709107.709811
XIIITrabajadores de 17 años56.2425.94055262.73458.23258.23258.232
XIVTrabajadores menores de 17 años51.0873.92449055.50153.31953.31953.319

Dietas: Dietas: 2.805 Media dieta: 1.193.

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