El artículo 21 de la Ley 6/1994, de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1995 autoriza a conceder avales al Igape por un importe máximo de 13.000 millones de pesetas.
El artículo 13.2º del Decreto 284/1994, de 15 de septiembre, de regulación de avales del Instituto Gallego de Promoción Económica establece que a los avales concedidos por el Igape se les dará publicidad en el Diario Oficial de Galicia.
En virtud de lo expuesto anteriormente,
RESUELVO:
Único.-Dar publicidad a los avales concedidos por el Consejo de Dirección del Igape en sus reuniones de fechas 18 de octubre, 21 de noviembre y 26 de diciembre de 1996:
-Aval por importe máximo de 90 millones de pesetas a la empresa Componentes de Vehículos de Galicia, S.A.
-Aval por importe máximo de 65 millones de pesetas a la empresa Macofrey, S.A.
-Aval por importe máximo de 192.288.000 millones de pesetas a la empresa Forestal del Atlántico, S.A.
-Aval por importe máximo de 180.535.000 millones de pesetas a la empresa Industrias del Tablero, S.A.
-Aval por importe máximo de 126 millones de pesetas a la empresa Unión de Empresas Madereras, S.A.
-Aval por importe máximo de 97.500.000 millones de pesetas a la empresa S.A. Eduardo Vieira.
Santiago de Compostela, 20 de enero de 1997.
Diego Diz Fernández
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica
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