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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Lunes, 17 de febrero de 1997 Pág. 1.437

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

ORDEN de 7 de febrero de 1997 por la que se reconoce la denominación específica Lacón Gallego y se nombra su Consejo Regulador provisional.

Teniendo en cuenta la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, sobre el Estatuto de la viña, del vino y de los alcoholes; su reglamento aprobado por el Decreto 835/1972, de 23 de marzo; el Real decreto 728/1988, de 8 de julio, por el que se establece la normativa a la que deben ajustarse las denominaciones de origen, específicas o genéricas de productos agroalimentarios no vínicos; y el Reglamento (CEE) 2081/1992, del Consejo, de 14 de julio, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.

Considerando que el Lacón Gallego presenta unas características específicas, tanto por su forma, elaboración y presentación, como por las condiciones analíticas, organolépticas y culinarias, que lo definen como un producto tradicional de reconocido prestigio en el mercado, se hace necesario por lo tanto establecer un marco en el que se desarrolle y regule su producción y comercialización.

En consecuencia, por petición del sector interesado; de conformidad con el artículo 30.1º.3 y 4 del Estatuto de autonomía de Galicia y con el Real decreto 4189/1982, de 29 de septiembre, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Esta

do a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de agricultura y pesca, por el que se asumen competencias sobre denominaciones de origen; y en uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se reconoce la denominación específica Lacón Gallego, para las extremidades delanteras del ganado porcino, producidas, industrializadas y elaboradas en Galicia, en la manera y condiciones que determine su reglamento particular.

Artículo 2º

Se nombra un consejo regulador, con carácter provisional, que, por propuesta de los sectores interesados queda formado por los siguientes miembros:

Presidente: María del Carmen González Pardo.

Vicepresidente: Celso Gómez Valencia.

Vocales:

-Por el sector productor:

Titular: Francisco Valdés Pereiras.

Suplente: Albino Vázquez Aldrei.

Titular: Jesús Gómez García.

Suplente: José Taboada Buján.

Titular: Manuel Ordás Miguélez.

Suplente: José Arturo Feijoo Rodríguez.

Titular: Felisindo Mon García.

Suplente: Venancio Sumay Santiago.

-Por el sector industrial:

Titular: Jesús Manuel Conchado Pereiro.

Suplente: José Antonio Refojo González.

Titular: José Ramón Álvarez Graña.

Suplente: Luis Alberto Corujo Díaz.

Titular: Ramón López Garrido.

Suplente: José Antonio Núñez Domínguez.

Titular: Rogelio Domínguez Groba.

Suplente: Ramón Rodríguez Seijo.

Artículo 3º

Se le encomienda al consejo regulador provisional la redacción del reglamento particular de la denominación específica Lacón Gallego, que elevará a la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes para su aprobación.

Artículo 4º

El consejo regulador provisional elaborará los censos de productores y de industriales que estén interesados en adscribirse a esta denominación, y que posterior

mente servirán de base para la constitución del consejo regulador definitivo.

Artículo 5º

La indicación de calidad denominación específica Lacón Gallego no podrá ser mencionada en el etiquetado, presentación, documentación o publicidad, de las piezas formadas por las extremidades delanteras del ganado porcino, hasta que sea aprobado su reglamento particular por la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.

Disposiciones finales

Primera.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Segunda.-Se faculta al director general de Producción Agropecuaria e Industrias Agroalimentarias para dictar las normas precisas para el desarrollo de lo establecido en la presente orden.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 1997.

Tomás Pérez Vidal

Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes

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