De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha, he resuelto publicar las propuestas de resolución de los procedimientos sancionadores que se instruyen, por infracción administrativa a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151 del 5-8-1992), por no haberse podido realizar su notificación.
Los interesados disponen de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para formular cuantas alegaciones crean pertinentes. En el mimo plazo se ponen los procedimientos de manifiesto para trámite de vista si lo consideran oportuno. Los expedientes pueden ser examinados en la delegación provincial de esta consellería, sita en el edificio administrativo de Servicios Múltiples-Monelos-A Coruña.
Finalizado el plazo que se señala, estas propuestas, junto con todos los documentos que obran en los expedientes, se remitirán al director general de Montes y MAN de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes para la resolución de los procedimientos.
Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189 del 9-8).
A Coruña, 15 de enero de 1997.
Paloma Puente Sánchez
Instructora
ANEXO
Expediente: P-96/0215.
Denunciado: Antonio Canosa Pérez
DNI: 32.312.654.
Última dirección conocida: Pereiriña, s/n, CEE.
Hechos denunciados: pescar utilizando artefactos de uso prohibido (grampín).
Tipificación Ley de pesca:
Artículo: 35.5º.
Calificación: grave.
Sanción propuesta: 500.001 multa Inhab. 1 año y un día.
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