Por la presente cédula se notifica a los citados a continuación que, con fecha de 17 de septiembre de 1996, se ha dictado acuerdo por el secretario general de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales autorizando, al amparo de la disposición adicional cuarta del Decreto 288/1996, de 18 de julio, sobre competencias y procedimiento para la autorización de apertura de oficinas de farmacia, la ampliación por un período de 4 meses del plazo inicialmente establecido para la resolución de los expedientes de autorización de apertura de farmacia instados.
Asimismo y, de conformidad con los artículos 71.1º y 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que regula el régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les requiere para que en el plazo de diez días aporten la documentación específicamente exigida, con indicación de que, si así no se hiciera, se considerarían desistidas las peticiones, archivándose sin más trámite, con los efectos previstos por el artículo 42.1º de la norma procedemental.
Ourense, 13 de enero de 1997.
Alberto Escobar Veiga
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Solicitantes:
María José González Alberte. DNI: 34.936.375.
Isabel Rey Gómez-Serranillos. DNI: 33.293.652.
Juana María Anca Meizoso: DNI: 32.640.975.
Requisitos preceptivos:
-Título de licenciado en farmacia compulsado.
-Certificado del número de habitantes del ayuntamiento donde solicita la apertura de la oficina de farmacia.
-Domicilio para notificaciones.
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