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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Lunes, 03 de febrero de 1997 Pág. 1.110

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 14 de enero de 1997, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la modificación de las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Tarrío, en el río Asma, término municipal de Chantada, provincia de Lugo, y se aprueba el proyecto de ejecución de las mismas. (Expediente CH-LU 1/1997).

Visto el escrito presentado por Jaime Salorio Ozores en representación de Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. con domicilio a efectos de notificaciones en c/ Fernando Macías, 2, 15004 A Coruña, solicitando autorización administrativa para la modificación de la instalación y aprobación del proyecto de las nuevas instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Tarrío, situada en el río Asma, ayuntamiento de Chantada, provincia de Lugo, se tienen en cuenta los siguientes,

Hechos.

Primero: el 1 de octubre de 1990 la Confederación Hidrográfica del Norte resolvió otorgar a Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. una concesión para aprovechar 1580 l/seg de agua, del río Asma, en el término municipal de Chantada, provincia de Lugo, con destino a producción de energía eléctrica, central de Tarrío, ampliando el 31 de marzo de 1992 el caudal concedido hasta 1780 l/seg.

Segundo: el 19 de noviembre de 1992, la Comisión Gallega de Medio Ambiente formuló declaración de efectos ambientales del proyecto aprovechamiento hidroeléctrico de Tarrío, en el río Asma, ayuntamiento de Chantada (Lugo), promovido por Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. estableciendo las medidas correctoras, de protección y control ambiental, así como el plan de vigilancia ambiental y los condicionantes a cumplir por el promotor, tanto en la fase de construcción como en la de explotación de las instalaciones.

Tercero: el 21 de junio de 1993, la Dirección General de Industria convalidó la resolución de la Delegación Provincial de Lugo, de 18 de octubre de 1991, por la que se aprueba el proyecto de ejecución de las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Tarrío, situada en el río Asma, en el término municipal de Chantada, provincia de Lugo, y otorgó la autorización administrativa de dichas instalaciones a favor de la empresa propietaria Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. siendo explotadora de dicha instalación la empresa Minicentrales MN, S.A.

Las características de dicha instalación eran las siguientes: Turbina Peltón de eje horizontal, salto bruto de 252,89 metros, caudal de 1,78 m/seg., potencia 4,418 kW, alternador trifásico síncrono de 4.000 kVA, cos fi 0,9, tensión 6 kV, transformador de potencia de 4.000 kVA, relación 20+-2x2,5%/6 kV y líneas de media tensión.

Cuarto: el 25 de octubre de 1995, Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. solicitó la ampliación del caudal concesional hasta 2.260 l/seg, con una potencia a instalar de 5.000 kVA, acogiéndose su tramitación a lo esta

blecido en el artículo 14 del Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, sobre tramitación de concesiones y autorizaciones administrativas para la instalación, ampliación o adaptación de aprovechamientos hidroeléctricos con potencia no superior a 5.000 kVA, modificado por el Real decreto 249/1988, de 18 de mayo.

Quinto: el acuerdo de la Comisión Gallega de Medio Ambiente, de 19 de junio de 1996, acepta la ampliación de caudal en los meses de enero y febrero, siempre que se instalen mecanismos de control para respetar la concesión actual el resto del año.

Sexto: el 23 de diciembre de 1996 la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Norte resolvió modificar la concesión de la que es titular Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., ampliando el caudal concesional hasta 2.260 l/s del río Asma, con destino a producción de energía eléctrica, central de Tarrío, en el término municipal de Chantada. El caudal máximo de 2.260 l/s sólo podrá ser derivado durante los meses de enero y febrero. El resto del año, el caudal máximo a derivar será el anteriormente concedido de 1.780 l/s.

Séptimo: las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Tarrío, según el proyecto de ejecución de la misma, firmado por el ingeniero industrial Ángel Montalvo Garrido, constan de un equipo productivo, a ubicar en un edificio de 15,00x9,50 m constituído por los siguientes elementos:

-Una turbina tipo Peltón, de eje horizontal, para un salto bruto de 252,976 metros, un caudal de diseño de 2,26 m/s., una velocidad nominal de 428,57 r.p.m. y dos inyectores.

-Un alternador síncrono horizontal, acoplado directamente a la turbina, sin escobillas, de 5.000 kVA de potencia, tensión de generación 6.000 V y 50 Hz de frecuencia.

-Un transformador de potencia trifásico en baño de aceite de 6.000 kVA, grupo de conexión YNd11, relación de transformación 6/20 kV.

-Un puente grúa birrail, de 12 m de luz entre carriles, recorrido de gancho de 7 m y peso máximo de izado 33.000 kg.

-Celdas de medida, de interruptor de línea, de disyuntor de máquina, de trafo de servicios auxiliares, de neutro.

-Instalaciones de medida, control, protección y maniobra.

Octavo: el 13 de enero de 1997, el delegado provincial de Industria y Comercio de Lugo emite informe favorable, proponiendo la aprobación del proyecto modificado de instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Tarrío, en el río Asma, término municipal de Chantada, provincia de Lugo, propiedad e Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. y arrendataria Minicentrales MN, S.A.

Fundamentos de derecho.

Primero: la Dirección General de Industria es competente para resolver este expediente en base al Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, al Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, y al Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por el Decreto 140/1991, de 2 de mayo, y 292/1995, de 3 de noviembre, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, ya citado.

Segundo: se cumplió la tramitación reglamentaria dispuesta en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y Real decreto 916/1985, de 25 de mayo, modificado por el Real decreto 249/1988, de 18 de marzo.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Primero.-Autorizar a Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. la instalación de los equipos electromecánicos reflejados en el proyecto de instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica de Tarrío, en el río Asma, ayuntamiento de Chantada, provincia de Lugo.

Segundo.-Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica referida.

Queda obligada la empresa titular de la instalación a notificar el comienzo y fin de las obras para su inspección y puesta en marcha, pudiendo la Administración autonómica dejar sin efecto la presente resolución, después del oportuno expediente, en el momento en que observe incumplimiento de los reglamentos, condicionantes técnicos y de seguridad, medidas correctoras establecidas por los organismos y entidades que constan en el expediente de este aprovechamiento hidroeléctrico, debiendo cumplir rigurosamente las medidas correctoras y de protección ambiental, así como mantener un plan de vigilancia ambiental y cumplir los condicionantes impuestos en la declaración de efectos ambientales según los acuerdos de la Comisión Gallega de Medio Ambiente, de 19 de noviembre de 1992 y de 19 de junio de 1996.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 14 de enero de 1997.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

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