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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Miercoles, 29 de enero de 1997 Pág. 936

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

ORDEN de 14 de enero de 1997 por la que se modifica la de 30 de junio de 1992, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de las tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece la utilización de efectos timbrados para el pago de las tasas por servicios administrativos de compulsa de documentos y de bastanteo de poderes y documentos acreditativos de legitimación.

Los cambios producidos en las estructuras orgánicas de las consellerías hasta la fecha aconsejan una modificación de la codificación de las relaciones de servicios de las consellerías para la mejor gestión de los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Asimismo, la existencia de nuevas tasas, creadas por la Ley de presupuestos para 1997, y la supresión de otras, hacen necesario añadir y suprimir una serie de códigos de la manera que posteriormente se especifica.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se modifica el anexo V de la Orden de 30 de junio de 1992, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de las tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece la utilización de efectos timbrados para el pago de las tasas por servicios administrativos de compulsa de documentos y de bastanteo de poderes y documentos acreditativos de legitimación de la siguiente forma:

ANEXO V

Códigos de consellerías y servicios

04 Presidencia y Administración Pública.

01 Secretaría.

02 Escuela Gallega de Administración Pública.OA

03 Secretaría General del Presidente.

04 Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia.

05 Secretaría General para las Relaciones con las Comunidades Gallegas.

06 Secretaría General para el Deporte.

07 Secretaría General para el Turismo.

09 Secretaría General para la Protección Civil.

11 Diario Oficial de Galicia.

05 Economía y Hacienda.

01 Secretaría.

02 Instituto Gallego de Estadística.OA

03 Instituto Gallego de Promoción Económica.OA

06 Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

01 Secretaría.

02 Transportes.

03 Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.OA

04 Carreteras.

05 Medio Ambiente.

06 Urbanismo.

07 Dominio Público Hidráulico.

08 Infraestructuras Hidráulicas.

09 Contratación.

10 Grupo de Puertos.

11 Grupo de Puertos A Coruña Norte.

12 Grupo de Puertos A Coruña Sur.

13 Costas.

14 Empresa pública de Obras y Servicios Hidráulicos de Galicia.

15 Aguas de Galicia.OA

07 Educación y Ordenación Universitaria.

01 Secretaría.

02 Enseñanzas Medias.

08 Industria y Comercio.

01 Secretaría.

02 Minas y Medio Ambiente.

03 Industria.

04 Gestión.

09 Agricultura, Ganadería y Montes.

01 Secretaría.

02 Supervisión de Proyectos.

03 Contratación.

04 Estructuras y Desarrollo Rural.

05 Extensión Agraria.

06 Centro de Investigaciones Agrarias.

07 Ayudas Estructurales.

08 Industria y Comercialización Agroalimentaria.

09 Sanidad y Producción Animal.

10 Montes e Industrias Forestales.

11 Medio Ambiente Natural.

12 Defensa Contra Incendios.

13 Fomento Cooperativo.

10 Cultura y Comunicación Social.

01 Secretaría.

02 Instituto Gallego de Artes Escénicas y Musicales.OA

03 Archivos y museos.

04 Medios de Comunicación Social y Audiovisual.

11 Sanidad y Servicios Sociales.

01 Secretaría.

02 Planificación y Ordenación.

03 Sergas - Secretaría.OA

06 Sergas - Farmacia.OA

07 Servicios Sociales.

08 Salud Pública.

12 Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

01 Secretaría.

02 Acuicultura (S.C.).

03 Marisqueo y Ordenación de Caladeros (S.C.).

04 Pesca e Industrias Pesqueras.

05 Formación e Investigación.

06 Marisqueo y Acuicultura (delegaciones).

13 Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

01 Secretaría.

02 Juego.

03 Relaciones Laborales.

10 Academia Gallega de Seguridad.OA

14 Familia, Mujer y Juventud.

01 Secretaría.

02 Guarderías.

03 Juventud.

04 Tiempo Libre.

05 Servicio Gallego de Promoción e Igualdad del Hombre y de la Mujer.

Artículo dos

1. Se suprimen los siguientes códigos que figuran en el anexo VI:

31.05.09. Memorias informativas de montes.

31.05.10. Redacción de planes, estudios y proyectos.

31.12.05. Inspección y comprobación de las operaciones de desinfección, desinsectación y desratización efectuadas por empresas particulares autorizadas.

31.15.00. Entidades de seguro libre de asistencia sanitaria.

31.15.01. Autorización e inscripción en el registro.

31.15.02. Fase de inspección, control, vigilancia y tutela e intervención de las actividades sanitarias de las entidades tras la autorización correspondiente.

32.02.00. Actuaciones facultativas en relación con la realización de actividades extractivas.

32.07.04. Comprobación de obra e instalaciones ejecutadas.

32.07.05. Informes preceptivos en materia de accidentes.

32.14.00. Legalización industrias instaladas clandestinamente.

32.16.00. Autorización y comprobación de extintores de incendios.

32.21.00. Instalaciones de climatización, frigoríficas, de gas y contra incendios.

32.28.00. Comprobación de puesta en práctica de patentes y modelos de utilidad.

32.32.00. Actuaciones relativas a proyectos que requieran uso de explosivos.

2. Se añaden los siguientes códigos a la relación que figura en el citado anexo:

30.14.08. Clase E: licencia especial para embarcaciones y artefactos boyantes que se empleen en el ejercicio de la pesca.

30.14.09. Recargo para licencias que incluyan la pesca del reo y del salmón.

30.14.10. Recargo para la pesca a flote.

30.21.04. Renovación de tarjetas acreditativas de las titulaciones de patrón de embarcación de recreo o buceo profesional.

30.21.05. Validación de cada tarjeta de autorización federativa expedida por la federación correspondiente.

30.24.00. Autorizaciones de espectáculos taurinos.

30.25.00. Inscripción en el Registro de Aguas.

31.04.06. Inscripción en el registro oficial de establecimientos y servicios de plaguicidas.

31.07.16. Autorización de veterinario para la expedición de autorizaciones de traslado de animales.

31.07.17. Identificación de ganado bovino, ovino y caprino por pérdida de identificación del mismo.

31.07.18. Concesión de autorizaciones contempladas en los artículos 4, 39, 56, 76, 87 y 92 del Real decreto 109/1995, de 27 de enero.

31.07.19. Por reconocimiento de la adquisición de la condición de farmacéutico de centro dispensador.

31.13.03. Exhumación, con traslado o no, de restos cadavéricos.

31.14.03. Solicitud para participar en el concurso público de autorización de nuevas oficinas de farmacia.

31.14.04. Solicitudes por las que se inste resolución que autorice la apertura de una nueva oficina de farmacia en un municipio o núcleo (art. 5 del Decreto 288/1996, de 12 de julio).

31.27.00. Autorización de apertura y puesta en funcionamiento de centros de servicios sociales.

31.28.00. Seguimiento y control de la realización de ensayos y experiencias de la eficacia con productos fitosanitarios.

31.29.00. Concesiones en materia de aguas.

31.29.01. Concesión para usos hidroeléctricos

31.29.02. Concesión para otros usos.

31.29.03. Autorización previa para transmitir o gravar la concesión.

31.29.04. Autorización de transferencia de la concesión.

31.29.05. Autorización de modificación de las características de la concesión, rehabilitación o revisión de la misma.

31.29.06. Autorización de modernización, ampliación o adaptación de aprovechamientos hidroeléctricos.

31.29.07. Otras autorizaciones.

31.30.00. Autorizaciones en materia de aguas.

31.30.01. Autorización de obras e instalaciones en el dominio público hidráulico.

31.30.02. Autorización de vertido.

31.30.03. Autorizaciones para la utilización o aprovechamiento de cauces.

31.30.04. Otras autorizaciones.

31.31.00. Actuaciones en materia de control y vigilancia del dominio público hidráulico.

31.32.00. Gestión técnico-facultativa del servicio de dominio público hidráulico. Deslindes.

31.33.00. Acreditación de servicios de prevención de accidentes laborales.

32.07.12. Autorización e inscripción en el Registro de instaladores, mantenedores, reparadores de instalaciones de protección contra incendios.

32.07.13. Autorización e inscripción de instalaciones radioactivas de segunda y tercera categoría.

32.37.01. Aprobación.

32.37.02. Cambio de titularidad.

32.37.03. Reconocimiento de instalación acogida al régimen especial de generación eléctrica.

32.37.04. Cambios de titularidad del reconocimiento.

32.39.00. Autorización e inscripción de talleres, tacógrafos y limitadores de velocidad.

32.40.00. Autorización e inscripción de precinto de surtidores.

32.41.00. Informes de proyectos y estudios en materia de aguas.

32.41.01. En actividades de construcción de infraestructuras o aprovechamientos hidráulicos.

32.41.02. Fase de estudios e informe del proyecto, antes de otorgar la concesión.

32.42.00. Tramitación de expedientes de concesión de aguas.

32.42.01. Visita de reconocimiento del aprovechamiento.

32.42.02. Visita de reconocimiento del terreno para confrontar el proyecto.

32.42.03. Visita de reconocimiento para confrontar el proyecto en caso de modificación del mismo.

32.42.04. Visita de reconocimiento final de las obras.

32.42.05. Emisión del acta previa a la puesta en funcionamiento.

32.43.00. Legalización de aprovechamiento de aguas.

32.44.00. Reconocimiento de instalación de carácter parcial.

32.44.01. Mediciones de azud.

32.44.02. Mediciones de toma.

32.44.03. Mediciones de caudal.

32.44.04. Mediciones cámara de carga.

32.44.05. Mediciones tubería forzada.

32.44.06. Reconocimiento central hidroeléctrica.

32.44.07. Mediciones restitución.

32.44.08. Comprobación de aparatos o compuertas.

32.45.00. Levantamiento topográfico. Informe.

33.04.00. Venta de libros de control sanitario de piscinas de uso colectivo.

3. Se modifica la redacción de los siguientes códigos de la manera que se expresa a continuación:

30.07.01. Autorización de explotación o primer boletín de instalación.

30.07.03. Cambios y bajas del boletín de instalación.

30.07.06. Habilitación o cambio del titular del local de instalación.

30.10.01. Solicitud de informe de instalación o traslado.

30.10.03. Autorización de apertura, por nueva instalación o traslado, atendiendo a su categoría según su capacidad.

30.11.01. Autorización de instalación o traslado.

30.11.02. Autorización de apertura por nueva instalación o traslado.

30.11.04. Modificaciones sustanciales de autorizaciones de instalación y apertura o que afecten al proyecto técnico.

30.11.05. Otras actuaciones y modificaciones no sustanciales.

30.14.00. Expedición de licencias de pesca continental y matrículas de embarcaciones:

30.14.01. Clase A: válida para españoles, otros ciudadanos de la Unión Europea y extranjeros residentes, mayores de 18 años o menores de 65.

30.14.02. Clase A-1: iguales características que la clase A, pero con un período de validez de 15 días.

30.14.03. Clase B: válida para extranjeros no residentes y ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea.

30.14.04. Clase B-1: iguales características que la clase B pero con un período de validez de 15 días.

30.14.05. Clase C: válida para españoles, otros ciudadanos de la Unión Europea y extranjeros residentes, menores de 18 años o mayores de 65.

30.14.06. Clase C-1: iguales características que la clase C, pero con un período de validez de 15 días.

30.14.07. Clase D: licencia profesional para la pesca de anguila, angula, lamprea y especies de estuario.

30.17.01. Expedición o duplicado de permisos de explotación.

30.17.02. Expedición o duplicado para pesca deportiva o convalidación de licencias otorgadas por otras administraciones públicas territoriales con competencia en la materia.

31.07.08. Revisión, toma de muestras e informes técnicos a petición de parte de industrias y explotaciones ganaderas no previstos en los programas oficiales.

31.08.00. Inspecciones y controles sanitarios oficiales de carnes frescas, carnes de aves de corral y conejos.

31.08.01. Actividades conjuntas de inspección de control sanitario ante mortem, post mortem y marcaje sanitario de piezas.

31.08.03. Control e inspección de las operaciones de almacenamiento.

32.05.00. Examen de proyectos, comprobación de certificaciones y la inspección de obras, tanto de nueva planta como de rehabilitación de toda clase de viviendas.

32.06.00. Visado de contrato de adquisición y arrendamiento de viviendas.

32.07.08. Autorización inicial y renovaciones para transportes de mercancías peligrosas.

32.11.00. Reconocimientos periódicos de maquinaria e instalación.

32.12.00. Modificación y/o ampliación de maquinaria y equipos.

32.17.00. Instalaciones de recipientes a presión de climatización, frigoríficos, de gas, y de protección contra incendios.

32.22.00. Inscripción, autorización y puesta en marcha de instalaciones mineras y de instalaciones elevadoras de agua.

32.36.02. Ampliación, aportación de áridos, modificación o cambio de sistema de las instalaciones de acuicultura y auxiliares.

32.36.03. Modificaciones que afecten a cultivo (cambio de especies o de las técnicas de cultivo).

32.37.00. Actuaciones en materia de planes eólicos estratégicos.

33.03.00. Venta de libro de mantenimiento de instalaciones frigoríficas, aparatos de presión G.L.P., grúas, calefacción, climatización, registro de contaminantes atmosféricos, instalaciones de combustión, registro de procesos industriales y registro de productores RTP'S.

Santiago de Compostela, 14 de enero de 1997.

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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