En virtud de lo acordado en resolución dictada por este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Santiago de Compostela y su partido, conociendo en los autos de juicio declarativo de menor cuantía que se sigue en este juzgado bajo el número 590/1996, a instancia de Marta María y Ana Mercedes Quintáns Agra y María Trinidad Agra Pardo, repre
sentadas por la procuradora Arcos Romero; por medio de la presente cédula se emplaza al demandado personas que tengan interés o derecho al patrimonio hereditario de Mercedes Quintáns Aldrey, para que en el improrrogable término de diez días comparezca en los autos, bajo apercibimiento de ser declarado en rebeldía y de recaer sobre él los demás perjuicios a que hubiese lugar en derecho.
Y para que sirva de emplazamiento en forma a dicho demandado, a quien se le hace saber que las copias de demanda y documentos se encuentran a su disposición en la secretaría de este juzgado, expido, sello y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela a trece de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
Gonzalo Xurxo Cabaleiro de Sáa
Secretario judicial
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