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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Lunes, 20 de enero de 1997 Pág. 595

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (102/1996).

Yo, Gonzalo Jorge Cabaleiro de Saa, secretario accidental del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de los de Santiago de Compostela, doy fe de que en los autos de juicio de cognición nº 102/1996 seguidos en este juzgado, se dictó sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Vistos por Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio de cognición 102/1996, promovidos por Caja Postal, S.A., representado por el procurador Ricardo García Piccoli Atanes y defendido por el letrado José Mª Puñal Costa, contra José Manuel Crespo Valladares, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo que, estimando la demanda formulada por Caja Postal, S.A. contra José Manuel Crespo Valladares, debo condenar y condeno a este último a que abone a la actora la cantidad de ciento diecinueve mil cuatrocientas sesenta y dos pesetas (119.462), más los intereses legales desde la fecha de la presentación de la demanda, imponiéndole las costas de este procedimiento.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Contra esta resolución cabe interponer ante este juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación a las partes.

Así por esta, mi sentencia que por la rebeldía del demandado, se notificará en la forma y modo que la ley previene para los rebeldes, definitivamente juzgando lo pronuncio, mando y firmo. Rubricado. Leonor Castro Calvo. Magistrada-jueza».

Y para que conste y sirva de notificación al demandado José Manuel Crespo Valladares, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto que firmo y sello en Santiago de Compostela, cinco de diciembre de mil novecientos noventa y seis.

El secretario

Rubricado

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