Vista la propuesta de la Diputación Provincial de Ourense, relativa a la supresión del puesto de colaboración de vicesecretario de la mencionada corporación provincial, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.
Esta consellería, de conformidad con lo establecido en el artículo 159.1º del Real decreto legislativo 781/1996, de 18 de abril, y en el artículo 2.g) del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en uso
de las facultades conferidas por el artículo 13.2.17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia,
DISPONE:
La supresión del puesto de colaboración de vicesecretario de la Diputación Provincial de Ourense.
Contra la presente orden, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Lei reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, después de comunicarlo a esta consellería, según lo previsto en el artículo 110.3º de la Lei 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 8 de enero de 1997.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
96-171