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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Viernes, 17 de enero de 1997 Pág. 561

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRIÓN

ANUNCIO.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 1996, adoptó por unanimidad el acuerdo de aprobar definitivamente la modificación nº 2 de las normas subsidiarias de planeamiento municipal del Ayuntamiento de Brión, relativa al balneario de O Tremo, en Os Ánxeles, modificación que se concreta en el siguiente texto:

Ordenación específica nº 10.

Denominación: zona pendiente de plan especial.

Definición: zonas que necesitan una mayor concreción ordenadora, bien por problemas de diseño, bien por problemas de cesión de terrenos, o ambas razones.

Normativa aplicable: será de aplicación en la zona lo dispuesto en las condiciones pactadas en el convenio urbanístico mejorado, firmado entre la propiedad de los terrenos y el ayuntamiento de Brión, que se incorpora a la presente modificación, convenio que contiene las mismas condiciones de edificabilidad que figuraban en las NSMB y que ya se recogían en el

convenio firmado el 25 de octubre de 1989 (0,5 metros cuadrados por metro cuadrado, con un máximo de 12.400 metros cuadrados construibles), pero incrementa los espacios libres de uso y dominio público a ceder al ayuntamiento, pasando de un mínimo de 3.000 metros cuadrados a un mínimo de 7.000 metros cuadrados; e incorpora, además de los ya previstos, la autorización de los usos residenciales de 1ª y 2ª categoría, así como el comercial, el sanitario-asistencial y el de garaje-aparcamiento, haciéndolo con las intensidades que figuran, asimismo, en el convenio citado que se adjunta, suprimiendo, por innecesaria, la exigencia de superficies máximas para las unidades edificatorias de cualquiera de los usos previstos en el convenio.

No se modifica la altura máxima (AMR) de las edificaciones permitidas en la zona, que seguirá siendo de 12,5 metros, fijándose en 14 m la AMP. Se fija como número máximo de pisos el de 4 (PB + 3 PPAA), autorizándose también aquí la utilización del bajo cubierta que con carácter general se permite en todo el ayuntamiento, en las condiciones fijadas en las NSMB.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Brión, 29 de noviembre de 1996.

José Luis García García

Alcalde

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