El Decreto 213/1995, de 20 de julio, por el que se modifica el Decreto 121/1992, de 14 de mayo, que regula la estructura orgánica y las funciones de la Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, señala que dependerán de la Inspección General de Servicios seis inspectores y seis subinspectores; según lo dispuesto en el artículo 27.2º de la Ley 3/1995, de 10 de abril, de modificación de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia y en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15.4º de la Ley 4/1988, a esta consellería,
DISPONGO:
Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de esta orden.
Segundo.-Podrán concurrir todos los funcionarios que reúnan los requisitos que se exigen y que se especifican en el anexo I.
Además de las condiciones señaladas en el anexo I, los solicitantes, de conformidad con el artículo 9 del Decreto 121/1992, de 14 de mayo (DOG nº 96, del 21 de mayo) deberán acreditar que prestaron servicios, como mínimo, durante un período de tres años en la Administración pública, en los cuerpos A o B.
Tercero.-Las solicitudes para participar en esta convocatoria se podrán presentar en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para la presentación de las instancias será de quince
días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. El modelo de solicitud se publica en el anexo II.
Cuarto.-Los aspirantes deberán añadir a su solicitud un currículum vitae y justificar mediante certificación o copia compulsada los méritos que aleguen.
Quinto.-El nombramiento del funcionario con destino definitivo en otra Administración pública o que preste los servicios en la Comunidad Autónoma como consecuencia de una comisión de servicios concedida conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria octava, punto 4º de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que resultase seleccionado, estará condicionado a que su Administración emita informe favorable sobre el, conforme a lo previsto en el Real decreto 28/1990, de 15 de enero, y demás disposiciones concordantes.
Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el DOG, y podrá declararse desierto el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I, si se considera oportuno.
Séptimo.-El plazo de toma de posesión comenzará a contar desde el día siguiente al de su cese, que deberá producirse dentro de los tres días siguientes al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia o desde la fecha en que se le comunique la resolución del traslado a la comunidad autónoma, para el caso del funcionario de otras administraciones públicas.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión comenzará a contar desde la fecha siguiente al de la publicación de la resolución.
Octavo.-Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo previsto en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día de su publicación, después de comunicarlo a esta consellería, según lo previsto en el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 10 de enero de 1997.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
ANEXO I
Denominación del puesto: subinspector de Servicios.
Código del puesto: PR.C04.00.000.15770.021.
Dependencia: Inspección General de Servicios.
Localidad: Santiago de Compostela.
Tipo de puesto: S.
Grupo: A/B.
Nivel C. destino: 28.
Complemento específico: 1.639.104.
Cuerpo o escala: Administración general.
Formación específica: curso de inspección de servicios.
9675