De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifican los acuerdos de comprobación de valores y liquidaciones complementarias relativas a los contribuyentes y conceptos cuyos datos y último domicilio conocido se indican y que fueron dictados por el Servicio de Gestión Tributaria en aplicación del artículo 46.1º del Real decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Los plazos para efectuar el pago de la deuda contraída son los señalados en el artículo 20 del Reglamento de recaudación, aprobados por el Real decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, los medios de pago se establecen en los artículos 23 y siguientes del citado Reglamento de recaudación.
Los recursos que se pueden interponer son: reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Galicia, secretaría delegada de Vigo, c/ Lalín, nº 2, o el de reposición ante el Servicio de Gestión Tributaria de esta delegación territorial, plaza de América, bloque 1, portal oficinas, 1º planta, Vigo, ambos en el plazo de quince días contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta cédula. Asimismo, en el mismo plazo y en corrección del resultado de comprobación de valores promover la práctica de tasación pericial contradictoria, lo que determinaría la suspensión de la liquidación y de los plazos de reclamación contra ella.
Vigo, 22 de noviembre de 1996.
Pedro Arbolí Albarracín
Delegado territorial de Vigo (Pontevedra)
Contribuyente Dirección Cuantía Concepto
Nigrán Exp. 7676/1993 Vigo Exp. 17042/1988 Vigo Exp. 940/1989Giráldez Pérez, Manuel Vilariño de Abajo, 36
57.011 T-478/96 TPAJD
Martínez Pérez, Segundo Travesía de Vigo, 183, P-3,7-D
30.060 T-441/96 TPAJD
Rodríguez Castaño, Félix V. Venezuela, 33, 10º
420.245 T-1421/91 TPAJD
96-9446