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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 252 Viernes, 27 de diciembre de 1996 Pág. 11.900

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 1996, de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural, por la que se cesa a la sociedad de caza Paraveche en su condición de adjudicataria de la zona de Santiago de Compostela-Paraveche incluida en la zona de caza controlada de Santiago de Compostela.

Visto el pliego de condiciones que regula el control y disfrute de la caza en los terrenos sometidos al régimen de caza controlada de Santiago de Compostela, y la resolución de 22 de julio de 1992, de esta dirección general por la que se adjudica a la sociedad de caza Paraveche, el control y disfrute de la caza en la zona de Santiago de Compostela-Paraveche de la zona de caza controlada de Santiago de Compostela, que comprende exclusivamente las parroquias de Laraño, Villestro y Figueiras.

Vistos los informes y actuaciones del Servicio de Medio Ambiente Natural de A Coruña, así como los realizados por esta Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural, en la tramitación del expediente iniciado a la sociedad de caza Paraveche con fecha 18 de enero de 1996, como consecuencia de la señalización que de modo irregular mantiene dicha sociedad en las parroquias de Vidán, San Fructuoso e San Xoán de Afora.

Vista la disposición final de la Orden de 31 de julio de 1996, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, por la que se determinan las épocas hábiles de caza durante la temporada 1996-1997, en la que se faculta al director general de Montes y Medio Ambiente Natural para dictar las normas necesarias para el desarrollo y aplicación de dicha orden.

RESUELVO:

Primero.-Cesar con carácter definitivo en la condición de adjudicataria de la zona de Santiago de Compostela-Paraveche incluida en la zona de caza controlada de Santiago de Compostela a la sociedad de caza Paraveche, asimismo el expediente será remitido al Servicio de Medio Ambiente Natural de A Coruña para que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de caza, sea oído el Comité Provincial de Caza antes que esta dirección general resuelva sobre la desafectación de los mencionados terrenos de la zona Santiago de Compostela-Paraveche del régimen de caza controlada.

Segundo.-Retirar la condición de sociedad colaboradora a la sociedad de caza Paraveche.

Tercero.-Declarar de modo excepcional la veda de los terrenos incluidos en la zona Santiago de Compostela-Paraveche de la zona de caza controlada de Santiago de Compostela, adjudicados a la sociedad de caza Paraveche, por resolución de esta dirección general de fecha 22 de julio de 1992, que incluían la superficie correspondiente a las parroquias de Laraño, Villestro y Figueiras, del municipio de Santiago de Compostela.

La duración de la veda tendrá efectos hasta que se resuelva sobre la desafectación de los citados terrenos del régimen de caza controlada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16.10º y 16.11º del vigente Reglamento de caza. La veda supondrá la prohibición del ejercicio de cualquier actividad cinegética en todas sus modalidades, incluidas el adiestramiento de perros, la celebración de jornadas de caza intensiva, competiciones, sueltas de animales o cualquier otra relacionada con el ejercicio de la actividad cinegética.

Contra esta resolución, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cabe la interposición de recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente resolución.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 1996.

Tomás Fernández-Couto Juanas

Director general de Montes y Medio Ambiente Natural

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