Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Lunes, 23 de diciembre de 1996 Pág. 11.777

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 1996, de la Dirección General de Interior, por la que se dispone la publicación, a efectos de notificación del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia en el que se aprueba la resolución recaída en el expediente sancionador C-2/1996 en materia de juego.

Intentadas inútilmente las notificaciones directas anteriores cursadas a la sociedad Complejo Educativo, S.A. en la tramitación de este expediente, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, resuelvo disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día 11 de octubre de 1996, que en su parte dispositiva dice lo siguiente:

1. Sancionar al titular de la máquina Mini Tómbola de Relojes, Complejo Educativo, S.A., con multa de un millón mil pesetas (1.001.000 ptas.), por la comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 28 d) y g) de la Ley 14/1985, modificada por Ley 7/1991, y sancionable a través de los artículos 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener una máquina recreativa, careciendo de toda la documentación exigida por la legislación vigente, imponer como sanción accesoria el decomiso definitivo para la destrucción de la máquina en cuestión.

2. Sancionar al titular de la máquina Mini Tómbola Tradicional, Francisco Raña Castro, con multa de un millón mil pesetas (1.001.000 ptas.), por la comisión de una infracción muy grave de las prevista en el artículo 28 d) y g) de la Ley 14/1985, modificada por Ley 7/1991, y sancionable a través de los artículos 31 y 32 de la Ley 14/1985, por tener una máquina recreativa careciendo de toda la documentación exigida por la legislación vigente. Imponer como sanción accesoria el decomiso definitivo para la destrucción de la máquina en cuestión.

Contra al presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer, el interesado, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, en la forma prevista en la Ley jurisdiccional, de 27 de diciembre de 1956, de lo contencioso-administrativo, y en el artículo 110 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se le comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente

al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella en período voluntario en la cuenta restringida de recaudación a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, de multas y sanciones, nº 311.300.4355/2 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Santiago de Compostela. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución por vía de apremio.

Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 1996.

Alfredo Sánchez Carro

Director general de Interior

9278