Adoptado acuerdo por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de noviembre de 1996, relativo a la adjudicación provisional de cuatro emisoras en ondas métricas con modulación de frecuencia para su explotación por las corporaciones locales, resulta necesario dar publicidad a dicho acuerdo, una vez cumplimentados los requisitos que se determinan en el Decreto 156/1989, de 27 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 35/1992, de 6 de febrero, que regula el procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, y de acuerdo con la Orden de 25 de febrero de 1992 (DOG nº 50, del 12 de marzo), que abre el plazo de presentación de solicitudes con esta finalidad.
En consecuencia,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia,
adoptado en su reunión de 21 de noviembre de 1996, por el que se adjudican provisionalmente 4 emisoras de radiodifusión sonora para su explotación por los respectivos ayuntamientos, texto que figura en el anexo a la presente resolución.
Santiago de Compostela, 27 de noviembre de 1996.
José Manuel Soto Vázquez
Director xeral de Medios de Comunicación Social e Audiovisual
Anexo a la Resolución de 27 de noviembre de 1996
El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«De conformidad con lo establecido en la Ley 11/1991, de 8 de abril, de organización y control de las emisoras municipales de radiodifusión sonora, en el Decreto 156/1989, de 27 de julio (DOG nº 151, del 8 de agosto), modificado parcialmente por el Decreto 35/1992, de 6 de febrero (DOG nº 27, del día 10 del mismo mes), que regulan el procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, en la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de 25 de febrero de 1992 (DOG nº 50, del 12 de marzo siguiente), y demás normativa estatal y autonómica, el Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta del conselleiro de Cultura y Comunicación Social, acuerda adjudicar, con carácter provisional, la explotación de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia a cada uno de los ayuntamientos que se relacionan en el anexo adjunto, con expresión de las características que corresponden a
cada una de las emisoras.
El otorgamiento de las concesiones, que habilitarán para la puesta en funcionamiento de las correspondientes emisoras, estará supeditado a la aprobación previa del proyecto técnico, a la realización de las obras e instalaciones correspondientes, así como a la posterior inspección y autorización de la puesta en funcionamiento.
La Consellería de Cultura y Comunicación Social adoptará las medidas necesarias para la ejecución del presente acuerdo, de conformidad con las funciones que le otorga el artículo 2º del Decreto 212/1996, de 6 de junio, que modifica parcialmente la estructura orgánica de la Xunta de Galicia».
Anexo del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, por el que se adjudican provisionalmente cuatro emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, para su explotación por las corporaciones locales.
Prov. Municipio F(Mhz) Long. Lat. Cota HEFM PRAW P D
C Touro 91.8 8W1826 42N5204 325 37.5 50 M N OU O Carballiño 107.4 8X0436 42N2550 397 37.5 150 M N OU Xunqueira de Ambía 107.3 7W4402 42N1220 534 37.5 50 M N PO Valga 107.9 8W3849 42N4203 35 37.5 50 M N
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