Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Lunes, 09 de diciembre de 1996 Pág. 11.128

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE RIBEIRA

EDICTO (149/1996).

En virtud de lo acordado por providencia de esta fecha, recaída en los autos de divorcio (5*) 149/1996, se notifica al demandado la sentencia dictada en los mismos, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:

«Vistos por Ramón Eloy Rodríguez Frieiro, juez de primera instancia e instrucción de esta ciudad y su partido, los autos de juicio divorcio (5*) 149/1996, promovidos por Victoria Eugenia Díez Pérez como demandante, contra Raúl Graña Reino como demandado.

Fallo que, estimando la demanda presentada por la procuradora Treus Blanco, en nombre y representación de Victoria Eugenia Pérez, contra Raúl Graña Reino, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio formado por Victoria Eugenia Díaz Pérez y Raúl Graña Reino. En cuanto a las medidas a que se refiere el artículo 91 Código Civil, se mantiene lo acordado en la sentencia de separación. Todo ello sin hacer una especial condena en las costas procesales causadas. Firme esta resolución, expídase el oportuno despacho al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio para la anotación marginal de la misma en su inscripción registral. Contra este resolución cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días. Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación al demandado Raúl Graña Reino, declarado en rebeldía, expido el presente edicto para su inserción en el DOG, que firmo en Ribeira a veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y seis.

El juez

Rubricado

El/La secretario/a

Rubricado

96-8663