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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 238 Jueves, 05 de diciembre de 1996 Pág. 11.058

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (236/1996).

Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Santiago de Compostela y su partido, hace saber que en los autos de juicio de cognición, seguidos con el número 236/1996, se ha dictado sentencia con fecha 26 de julio de 1996, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Vistos, por Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez de primera instancia e instrucción número uno de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio declarativo de cognición, seguidos en este juzgado bajo el nº 236 de 1996, entre partes, de una, como demandante, la entidad Banco de Galicia, S.A., con domicilio en Vigo, c/ Policarpo Sanz, 23, representada en autos por la procuradora Goimil Martínez, asistida del letrado Sabín Sabín, y de otra como demandados, Juan Carlos Rascado Iglesias, María Esperanza Barreiro Gómez, Juan Carlos Rascado Barreiro y María de los Ángeles Rascado Barreiro, vecinos de Pontevedra con domicilio en Alba de Touceda nº 26, todos ellos incomparecidos en autos y declarados en la situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo que, estimando la demanda formulada por la procuradora Goimil Martínez, en nombre y representación de la sociedad Banco de Galicia, S.A., contra Juan Carlos Rascado Iglesias, María Esperanza Barreiro Gómez, Juan Carlos Rascado Barreiro y María de los Ángeles Rascado Barreiro, incomparecidos y declarados en la situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados a que satisfagan a la mercantil demandante la suma de 156.778 ptas., más los intereses legales desde la interpelación judicial, y al pago de las costas causadas en el proceso.

Llévese certificación de esta sentencia al proceso principal, haciendo saber a las partes que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación dentro del plazo de cinco días, para ante la Audiencia Provincial de A Coruña».

Y para que sirva de notificación a los demandados rebeldes, Juan Carlos Rascado Iglesias, María Esperanza Barreiro Gómez, Juan Carlos Rascado Barreiro y María de los Ángeles Rascado Barreiro, expido el presente edicto que firmo y sello en Santiago de Compostela a quince de octubre de mil novecientos noventa y seis.

Rubricado

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