En Santiago de Compostela a 17 de septiembre de 1996, María Manuela García-Jalón de la Lama, secretaria de este juzgado, hago constar que con fecha de 5-7-1996 se dictó sentencia en el juicio de faltas nº 5/1996 seguido por hurto, hecho ocurrido en Santiago de Compostela el día 24-2-1995, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Que debo condenar y condeno a Lounes Said y Mohamed Djamal como autores de la falta antes descrita a la pena de 8 días de arresto menor, con abono de los dos días que estuvieron privados de libertad por estos hechos, pago de costas por mitad, y que indemnicen solidariamente a Juan José Garrido como representante del establecimiento, en 30.000 ptas.
Y así lo hago constar y extiendo la presente cédula para su notificación a los denunciados Lounes Said y Mohamed Djamal, que se hará mediante inserción de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, instruyéndoles de que contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación por escrito en el plazo de cinco días ante este juzgado con arreglo a lo dispuesto en los artículos 976, 795 y 796 LECR.
La secretaria
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