Intentada la notificación directa al titular de la máquina Rafael Lorenzo Pintos, de la propuesta de resolución formulada por la instructora en el expediente P-9/1996, y al no poder efectuar esta, se dispone que al amparo de lo previsto el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de réxime xurídico das administracións públicas e do procedemento administrativo común, la publicación en el Diario Oficial de Galicia de lo siguiente:
Sancionar a Rafael Lorenzo Pintos, con multa de un millón una pesetas (1.000.001 ptas.), por la comisión de una infracción administrativa muy grave prevista en el artículo 28.g de la Ley 14/1985 (en relación con el artículo 19.1º de dicha ley y los artículo 19, 20 y 23 del Decreto 374/1986), sancionable a través del artículo 31.1º de la misma ley, por tener instalada en fecha 26 de febrero de 1996 una máquina recreativa tipo B, careciendo de toda la documentación exigida por la legislación vigente, en el establecimiento denominado Bar San José, sito en c/ Severino Cobas, 298 del municipio de Vigo.
Pontevedra, 23 de septiembre de 1996.
María Jesús Padín García
Instructora
96-8633