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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Viernes, 29 de noviembre de 1996 Pág. 10.782

II. AUTORIDADES Y PERSONAL

NOMBRAMIENTOS:

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 416/1996, de 21 de noviembre, por el que se nombran los miembros que componen el Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo Tecnológico de Galicia.

De conformidad con el Decreto 141/1995, de 10 de mayo, que en el artículo 1 establece la composición del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo Tecnológico de Galicia, dictado para dar cumplimiento a la Ley 12/1993, de 29 de julio, de fomento de investigación y de desarrollo tecnológico de Galicia, que en su artículo 14 crea el Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo Tecnológico de Galicia y en el artículo 15 establece entre sus funciones las de proponer objetivos para su incorporación al plan gallego, proponerle a la comisión la incorporación al plan gallego de aquellos programas que considere importantes, emitir informe sobre el anteproyecto del plan y emitir los informes que le sean requeridos por la comisión interdepartamental de cara a la elaboración de la memoria anual, y a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, previa

deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único.

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 141/1995, de 10 de mayo, por el que se establece la composición del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo Tecnológico de Galicia, se nombran para formar parte de este consejo a las siguientes personas:

1. Presidente: Manuel Bao Iglesias, a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria.

2. Vocales:

-José Sergio Casas Fernández, por delegación del rector de la Universidad de Santiago de Compostela.

-Esther Fernández Fernández, por delegación del rector de la Universidad de A Coruña.

-José E. Tojo Suárez, por delegación del rector de la Universidad de Vigo.

-José Manuel Touriñán López, director general de Universidades e Investigación de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

-Diego Díz Fernández, director general del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape).

-Pablo Figueroa Dorrego, secretario general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-María Cruz Mato Iglesias, delegada del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en Galicia.

-Antoliano Díez Melero, a propuesta y en representación de la Confederación de Empresarios de Galicia.

-Javier Sobrini Puentes, a propuesta y en representación de la Confederación de Empresarios de Galicia.

-José Manuel Pose Mesura, a propuesta y en representación de la organización sindical Unión General de Trabajadores de Galicia.

-Manuel Varela Varela, a propuesta y en representación de la organización sindical Comisiones Obreras de Galicia.

-José Luis Calvo Sanz, a propuesta del presidente de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología de Galicia (Cicetga), y en representación de la misma.

-Ramón Bescansa de la Gándara, a propuesta del presidente de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología de Galicia (Cicetga), y en representación de la misma.

-José Manuel Cortizo Soñora, a propuesta del presidente de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología de Galicia (Cicetga), y en representación de la misma.

-Joaquín Garrido Vázquez, a propuesta del presidente de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología de Galicia (Cicetga), y en representación de la misma.

-Secretario, el subdirector general del Plan Gallego de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

96-8556