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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Jueves, 28 de noviembre de 1996 Pág. 10.758

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 1996, del Servicio de Estructuras y Desarrollo Rural de Lugo, por la que se anuncia la toma de posesión definitiva de las fincas de reemplazo en la zona de Burgo de Negral (Friol-Lugo).

Se pone en conocimiento de todos los interesados en la concentración parcelaria de la zona de Burgo de Negral (Friol-Lugo), que con el objeto de que tomen posesión de ellas, se ponen a disposición de los respectivos propietarios las fincas de reemplazo, fijándose como fecha límite, para dicha toma de posesión, la de 31 de diciembre de l996, a falta de acuerdo del propietario de las mismas y el nuevo adjudicatario de la finca en que se encuentren.

Según establece el artículo 46 de la Ley de concentración parcelaria para Galicia, de 14 de agosto de 1985, en el plazo de treinta días hábiles, contados desde el 1 de enero de l997, los interesados podrán reclamar, acompañando dictamen pericial de todas y cada una de las fincas, sobre diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y la que consta en el expediente de concentración.

Con arreglo al artículo 45 de dicha ley, el propietario que no permita la toma de posesión de las fincas, será objeto de compulsión directa, previo apercibimiento o instrucción de un expediente incoado al efecto.

Asimismo, se pone en conocimiento de todos, que la posesión de las fincas de reemplazo otorga a quienes en el acuerdo de concentración figuren como adjudicatarios, los medios de defensa establecidos por las leyes. Se advierte que todo aquel que no abandone la posesión en la fecha antes fijada, podrá

verse privado de las cosechas, a falta de acuerdo con el adjudicatario.

Lugo, 31 de octubre de 1996.

Fernando López Gutiérrez

Jefe del Servicio de Estructuras y Desarrollo Rural de Lugo

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