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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Jueves, 28 de noviembre de 1996 Pág. 10.747

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MUROS

EDICTO (189/1996).

En cumplimiento de lo acordado por providencia de fecha 17 de septiembre de 1996, por la jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Muros (A Coruña), se hace saber que en este juzgado y con el número 189/1996, a instancia de Mª José Caamaño París y María Rama Suárez, representadas por el procurador Uhía Bermúdez, sobre declaración de fallecimiento de sus maridos Ramiro Enrique Riomayor Nine y Joaquín Manuel Rama Suárez, con domicilio en Ribeira de Mallo y Reboredo-Esteiro-Muros, nacidos el 28 de agosto de 1961 y el 3 de febrero de 1944, respectivamente.

Ramiro Enrique Riomayor Nine y Joaquín Manuel Rama Suárez eran tripulantes del buque de carga Tamber River propiedad de la empresa Tamber River Shipping Co. hasta su desaparición en naufragio acaecido el 13 de agosto de 1994.

La embarcación navegaba por las aguas del estrecho de Gibraltar, con dirección a O Funchal (Madeira), cuando sobrevino un fuerte oleaje cuya acometida arrancó parte de la borda de estribor, originándose una gran vía de agua que escoró fuertemente el barco, el cual fue abandonado dado lo inevitable de su hundimiento.

El fuerte oleaje impidió el correcto arriado de los botes salvavidas, cayendo al mar volcados, varios tripulantes consiguieron alcanzarlos, pero los esposos de la promoventes no lo lograron y desaparecieron en las aguas.

Durante tres días se llevó a cabo un intenso rastreo de posibles supervicientes, sin resultado alguno.

Lo que a los fines prevenidos en los artículos 2042 y siguientes de la LEC, en relación con los artículos 193 y concordantes del Código Civil, se hace público mediante el presente edicto, el cual se publicará en el tablón de anuncios de este juzgado, en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia, por dos veces y con intervalo de quince días, a los efectos legales y para que cualquier persona que lo considere oportuno pueda comparecer ante este juzgado para ser oído en el mencionado expediente.

Dado en Muros a 17 de septiembre de 1996.

La juez

Rubricado

La secretaria

Rubricado

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