De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.1º de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 48.2º, 49, 50 y 51 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, esta delegación acuerda señalar el día 12 de diciembre de 1996 a las 11, 12 y 13 horas para que, por el pagador de la entidad Lignitos de Meirama, S.A. (Limeisa), beneficiaria de este proceso expropiatorio, se proceda delante del representante de esta delegación y del alcalde y del secretario de las oficinas de la casa consistorial de Cerceda, a los pagos de los justiprecios determinados por el Jurado Provincial de Expropiación, e intereses, a los titulares propuestos de las fincas expropiadas a los que se les dirigirá notificación individual al efecto, y contenidas en este proceso expropiatorio y en la relación que se expone
junto con este anuncio en el tablón de edictos del citado ayuntamiento.
A Coruña, 5 de noviembre de 1996.
Juan Ignacio Lizaur Otero
Delegado provincial de A Coruña
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