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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Martes, 26 de noviembre de 1996 Pág. 10.644

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación (99/1995).

María Manuela García Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, doy fe y certifico, que en los autos de divorcio tramitados en este juzgado con el número 99/1995, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal que sigue:

«En Santiago de Compostela a 16 de julio de 1996, Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Pirmera Instancia e Instrucción número cinco de los de esta ciudad, ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil de divorcio seguido en este juzgado con el número 99/1995, en el que han actuado como partes, como demandante María Delia García Bugallo, mayor de edad y vecina de Santiago de Compostela, representada porel procurador Ricardo García Piccolli Atanes y defendida por el letrado Manuel Martín Gómez, como demandado José María Sieiro Toubes, mayor de edad y residente en Washington-USA.

Fallo que debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formadao por María Delia García Bugallo y José María Sieiro Toubes, y apruebo como medidas reguladoras de la situación patrimonial y personal creada por esta resolución la atribución a la demandante del uso y disfrute exclusivo dela vivienda conyugal. No se hace imposición de costas.

Una vez firme esta resolución, líbrense los despahcos oportunos para practicar la inscripción marginal dela misma en el Registro Civil.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en este juzgado en el plazo de 5 días desde la notificación. Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, la pronuncio, mando y firmo». Doy fe.

Y para que así conste y sirva de notificación a José María Sieiro Toubes, expido la presente cédula en Santiago de Compostela a uno de octubre de mil novecientos noventa y seis. Doy fe.

La secretaria

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