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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miercoles, 13 de noviembre de 1996 Pág. 10.214

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 7 de octubre de 1996, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación de las providencias de apertura de los expedientes sancionadores de pesca, devueltos por el servicio de correos al resultar desconocidos sus destinatarios. (Expediente 208/1995P y dieciocho más).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPA), notifico a los denunciados cuyos datos personales y última dirección conocida se señalarán a continuación, las incoaciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas pro el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley 7/1992, de 24 de julio (DOG nº 151, del 5 de agosto). Asimismo, designo instructora de los expedientes a Mª Rosa Rodríguez Cougil, quien podrá ser objeto de recusación en cualquier momento de la tramitación de los expedientes, cuando concurra cualquier de los supuestos determinados en los artículos 28 y 29 de la LRJPA.

Los denunciados dispondrán de un plazo de quince días (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle el Progreso nº 161, entre

suelo y presentar los descargos y documentos que consideren convenientes en su defensa.

De no presentar alegación en el plazo fijado y conforme el artículo 13 del Reglamento 1398/1993, de 4 de agosto, de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución a todos los efectos.

Este órgano administrativo acordará la terminación del procedimiento en el supuesto de que el interesado reconozca su responsabilidad en los cargos que se le imputan y proceda, en cualquier momento anterior a a la resolución del procedimiento y empleando los impresos normalizados que serán facilitados en las oficinas de esta delegación provincial o en cualquier otra dependiente de la Xunta de Galicia, al pago voluntario de la sanción que en cada caso corresponda, todo ello sin prejuicio de la posibilidad que asiste a cada expedientado de formular los recursos que establezca la legislación aplicable y vigente, y al amparo del artículo 8 del citado reglamento.

El órgano competente para resolver los señalados procedimientos dentro de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, vendrá determinado por el tipo de infracción cometida, según el artículo 12 de la LRJPA y en el 40.3º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Orense, 7 de octubre de 1996.

Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Nº Expte.Nombre y apellidos del

denunciado

Último domicilio conocidoHecho denunciadoPrecep. infringido

y sancionador

Sanción

propuesta

Instructora

208/1995CPedro Presa SerranoAvda. América, 38

Ponferrada (León)

Pescar con más cañas de las permitidas y utilizar cebo prohibidoArt. 33.4 y 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial25.000Mª Rosa Rguez. Cougil
210/1995PEliseo Fernández FernándezCampo da Feira, 13

(O Carballiño)

Pescar sin licencia, sin permiso de coto y en época de vedaArt. 34.1, 34.8 y 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial65.000Mª Rosa Rguez. Cougil
6/1996PAprovechamientos Hidráulicos, S.A.Dr. Fleming, 2

(Ourense)

Entorpecer el funcionamiento de la escala de pecesArt. 34.30 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial500.000Mª Rosa Rguez. Cougil
12/1996PJosé Cesáreo Seara Díazc/ Inmaculada, 15

(Ourense)

Pescar sin licencia y sin permiso de cotoArt. 34.1 y 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial65.000Mª Rosa Rguez. Cougil
16/1996PJosé González Lópezc/ Manuel Murguía, 32-3ºA

(Ourense)

Pescar una trucha de medida inferior a la reglamentariaArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial7.000Mª Rosa Rguez. Cougil
22/1996PJuan Gallego Manganac/ Peña Trevinca, 35-4ºD

(Ourense)

Pescar sin llevar la documentaciónArt. 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial5.000Mª Rosa Rguez. Cougil

Nº Expte.Nombre y apellidos del

denunciado

Último domicilio conocidoHecho denunciadoPrecep. infringido

y sancionador

Sanción

propuesta

Instructora

25/1996PJosé González PalmeiroAvda. Zamora, 48

(Ourense)

Pescar sin llevar la documentaciónArt. 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial2.000Mª Rosa Rguez. Cougil
33/1996PJosé Fernández TaboadaAvda. Buenos Aires, 124-4ºB

(Ourense)

Pescar fuera de la zona de régimen especialArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial15.000Mª Rosa Rguez. Cougil
40/1996PAmadeu Carlos Rodríguez Monteiroc/ Bonhome, 22-2º

(Ourense)

No respetar las prescripciones especialesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial32.000Mª Rosa Rguez. Cougil
58/1996PCésar Justo Terrazoc/ Gorgullón, 34

(Pontevedra)

Pescar sin licenciaArt. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
66/1996PAntonio Rodríguez FernándezSan Roque, 26

(Guadalajara)

Pescar sin licencia y en zona vedadaArt. 34.1 y 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial65.000Mª Rosa Rguez. Cougil
77/1996PMª Concepci Cristovao HervellaSobradelo

(Carballeda de Valdeorras)

Pescar sin licenciaArt. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
78/1996PJosé Martínez CarballoCruceiro Quebrado, 6-2ºD

Rairo (Ourense)

Pescar sen permiso de cotoArt. 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
96/1996PJosé Antonio Fernández CarideAvda. Buenos Aires, 185-baixo

(Ourense)

Pescar en una zona vedadaArt. 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
100/1996PSantiago González PousaProgreso, 56-7º

(Ourense)

Pescar sin permiso de cotoArt. 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
108/1996PAntolín López Rodríguezc/ Ramón Piñeiro, 7-3ºC

(Ourense)

Pescar sin permiso de cotoArt. 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
114/1996PLeonardo Penin Peninc/ Cerdeiro, 31

(Xinzo de Limia)

Pescar sin licencia y en época de vedaArt. 34.1 y 34.8 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial65.000Mª Rosa Rguez. Cougil
115/1996PCésar Moro Carrerac/ Fructuoso, 38-2º Izq.

Ponferrada (León)

Pescar en una zona vedadaArt. 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
117/1996PEnemesio García Vilarc/ Cervantes, 2

Cuevas del Campo (Granada)

Pescar sin licenciaArt. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil

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