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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 08 de noviembre de 1996 Pág. 10.055

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NEGREIRA

EDICTO de subasta (123/1995).

El juez del Juzgado de Primera Instancia e Intrucción de Negreira fai saber: que en este juzgado se tramita juicio ejecutivo número 123/1995, a instancia de Caja de Ahorros de Galicia representada por el procurador Ricardo García Piccoli Atanes contra Moisés Silva Pensado, con domicilio en A Riba (A Baña) y María Alvite Durán, con domicilio en A Riba (A Baña) y, en ejecución de sentencia dictada en ellos, se anuncia la venta en pública subasta en quiebra, por término de veinte días, de los bienes inmuebles embargados a la parte demandada, que han sido tasados pericialmente en la cantidad de 4.570.020 pesetas, cuyo remate tendrá lugar en la sala de audiencia de este juzgado, sito en la calle Rúa do Carme, nº 3 bajo, del respectivo día señalado en la forma siguiente:

En primera y única subasta, el próximo día 17 de diciembre a las 12 horas, sin sujeción a tipo, bajo las siguientes condiciones:

1. El tipo del remate será el del valor dado a los bienes, sin que se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de dicha suma.

2. Para tomar parte en la subasta deberán consignar previamente los licitadores, por lo menos, el 20% del tio de remate en el establecimiento destinado al efecto (Banco Pastor de Negreira, cuenta de depósitos y consignaciones nº 100.444 Juicio Ejecutiva nº 123/1995).

3. Solamente el ejecutante podrá ceder el remate a tercero.

4. Podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su

celebración, depositándolo en la mesa del juzgado, y junto con el pliego, el resguardo acreditativo del ingreso del importe reseñado en el punto nº 2.

5. El ejecutante podrá tomar parte en la subasta y mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de designar el depósito prevenido.

6. Las cargas y gravámenes anteriores y los diferentes si los hubiere, al cedito del actor, continuan subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio del remate.

7. Que a instancia del actor, podrán reservarse los depósitos de aquellos postores que hayan cubierto el tipo de subasta y lo admitan, a efectos de que, di el primer adjudicatario no cumpliese sus obligaciones, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas.

8. Que los títulos de propiedad, suplidos por certificación registral, estarán de manifiesto en la secretaría de este juzgado, debiendo conformarse con ellos los licitadores, que no tendrán derecho a exigir ningunos otros; que asimismo estarán de manifiesto los autos, y que las cargas anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

La(s) finca(s) objeto de licitación y que salen en un solo lote es/son las(s) siguiente(s):

Urbana. Casa de una sola planta y terreno unido sita en el nº 11 del lugar de Vigobo, municipio de A Baña, de una superficie aproximada de 117 m y 111 m el terreno (superficie catastral: 0006000300 NII15II0000 PP).

Y para que así conste y sirva de notificación al público en general y a los demás demandados en particular, se expide el presente edicto para su publicación en el BOP.

Dado en Negreira, 28 de octubre de 1996.

El juez

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La secretaria

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